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Cámara de Apelaciones

RAIMONDI, MARIA PILAR c/ APRES COBERTURA MEDICA s/AMPARO LEY 16.986

Solicitud de regulación de honorarios por actuación de Alzada. La Cámara Federal de La Plata fijó los honorarios de Alzada en 6 UMA, equivalentes a PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS ($635.946), conforme la Resolución SGA Nº2372/2026 y el art. 51 de la Ley 27.423.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE LA PLATA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FLP 037404/2023/CA003
Honorarios de alzada Uma Regulacion de honorarios Ley 27.423 Resolucion sga 2372/2026 Amparo ley 16.986 Camara federal de la plata Dra. claudia iglesias Suma $635.946 Incidente

Actor (quien solicita): Dra. Claudia Isabel Iglesias (peticionante de regulación de honorarios de Alzada).

Demandado (del incidente): no corresponde aplicar a otra parte; el expediente principal está caratulado “RAIMONDI, MARIA PILAR c/ APRES COBERTURA MÉDICA s/AMPARO LEY 16.986”.

Objeto de la solicitud: regulación de honorarios por las tareas realizadas en la instancia de Alzada.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la petición y se fijaron los honorarios de Alzada a favor de la Dra. Claudia Isabel Iglesias en la suma equivalente a 6 UMA, que representa PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS ($635.946).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. Con fecha 28/04/2026 se presenta la Dra. CLAUDIA ISABEL IGLESIAS, a solicitar que se regulen sus honorarios de Alzada.

Atento las tareas desarrollada por dicha profesional ante esta instancia, corresponde valorar su actuación y, por ende, cuantificar sus honorarios en la suma equivalente a 6 UMA, lo que representa en la actualidad a PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS ($ 635.946), conforme lo dispuesto en la Resolución SGA Nº2372/2026 de la CSJN y artículo 51 de la Ley 27.423.

Por ello, el Tribunal RESUELVE:

Fijar los honorarios de Alzada en la suma equivalente a 6 UMA, a favor de la Dra. CLAUDIA ISABEL IGLESIAS, lo que representa la suma de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS ($635.946)."

Observaciones: se ordena registro, notificación, devolución electrónica de actuaciones y comunicación por DEO al juzgado interviniente.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 16.986Amparo

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