TABORDA, MARIA ELENA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora demandó a ANSES por reajustes por movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de Córdoba confirmó la sentencia de fecha 21/03/2024 que ordenó recalcular y reajustar el haber inicial, declaró desierto el agravio relativo a la adición del 1% mensual y al interés del 6% anual, e impuso las costas de la alzada por falta de contradictorio.
¿Quién es el actor?
TABORDA, María Elena.
¿A quién se demanda?
A.N.S.E.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de reajustes por movilidad y recálculo del haber previsional (beneficio otorgado conforme Ley N° 24.241, fecha adquisición del derecho 06/08/2006).
¿Qué se resolvió?
Se declaró desierto el agravio de la demandada respecto de la adición del 1% mensual a la Tasa Pasiva promedio del BCRA y la aplicación del interés del 6% anual; se confirmó la sentencia de fecha 21/03/2024 dictada por el Juzgado Federal N°3 de Córdoba en todo lo que decide y fue materia de agravio, debiéndose tener presente lo expuesto respecto al recálculo del haber inicial de la actora; y se impusieron las costas de la alzada en el orden causado por la falta de contradictorio, sin regulación de honorarios por la inactividad de la actora en segunda instancia ni por la representación de la demandada al ser profesional a sueldo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
III.- "En relación a la queja de la demandada por la que cuestiona la aplicación del índice I.S.B.I.C. indicado por la Corte Suprema de Justicia en la causa “Elliff” para actualizar las remuneraciones en relación de dependencia, corresponde señalar que la cuestión sometida a debate ya ha sido objeto de estudio por esta Alzada en autos: “Munizaga, Ernesto Juan c/ ANSES - Reajustes Varios” (Expte. N° FCB 33130153/2010/CA1), sentencia de fecha 3/03/2015, “Núñez, Marta Elena c/ ANSES - Reajustes Varios” (Expte. N° FCB 41140017/2.008/CA1), sentencia de fecha 12/03/2015, “Piazza, María Cristina c/ Anses – Reajuste de Haberes” (Expte. Nº FCB 24170109/2011/CA1) y “Ferrini, Luis Enrique c/Anses s/reajustes por movilidad” (Expte. N° FCB 11060025/2011/CA1) sentencia de fecha 8/04/2019, en las que confirmó la aplicación del precedente “Elliff” para actualizar las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, argumentos que se dan por reproducidos íntegramente por razones de brevedad. Postura que fue confirmada por el Máximo Tribunal en el precedente “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSES s/ reajustes varios (CSS 42272/2012/CSI-CA1)”, sentencia de fecha 18/12/2018. En función de ello, trasladando los fundamentos expuestos en los citados fallos y en atención a la fecha de adquisición del derecho del titular de autos, corresponde confirmar la actualización de las remuneraciones devengadas, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.)."
V.- "Acerca del cuestionamiento de la Anses referido a la adición del 1% mensual a la Tasa Pasiva promedio que publica el BCRA y al interés del 6% anual, cabe señalar que del pronunciamiento recurrido surge que ello no fue lo dispuesto por el Juez de grado. En definitiva, a mérito de los argumentos expuestos corresponde declarar desierto el referido agravio (conf. arts. 265 y 266 del CPCCN)."
VI.- "Finalmente, en relación a las costas de esta Alzada, cuadra señalar que este Tribunal ha declarado inconstitucional el artículo 21 de la ley 24.463 ... En su mérito, atento la falta de contradictorio, las mismas se imponen en el orden causado (conforme artículos 68, segunda parte, del C.P.C.C.N. y 36 de la Ley N° 27.423), no regulándose honorarios a la asistencia letrada de la parte actora atento su inactividad en esta segunda instancia, como así tampoco a la representación jurídica de la parte demandada por ser profesional a sueldo de su mandante (conf. arts. 30 y 2, respectivamente, de la Ley N° 27.423)."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia en la parte resolutiva; lo resuelto corresponde al acuerdo mayoritario.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.