Legajo Nº 8 - QUERELLANTE: ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS IMPUTADO: LONDOÑO OSORIO, JHON JAIRO s/LEGAJO DE PRORROGA DE PRISION PREVENTIVA
Prórroga de prisión preventiva sobre Jhon Jairo Londoño Osorio por parte del Tribunal Oral fue comunicada a la Cámara Federal de Casación Penal. La Cámara tomó formalmente nota de la prórroga hasta el 2 de octubre pasado y ordenó registrar, notificar, comunicar y remitir al tribunal de origen.
¿Quién es el actor?
Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 2 (estado originante de la resolución que prorrogó la prisión preventiva).
Demandado / sujeto afectado: Jhon Jairo Londoño Osorio.
Objeto de la decisión: prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Jhon Jairo Londoño Osorio por un término que vencía y que se extendió hasta el 2 de octubre de 2026.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga de la prisión preventiva respecto de Jhon Jairo Londoño Osorio desde su vencimiento y hasta el 2 de octubre próximo pasado; ordenó registrarla, notificarla, comunicarla (CSJN, Ac. N° 10/2025) y remitirla al tribunal de origen mediante pase digital.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. El 18 de septiembre de 2026, el Tribunal Oral en lo Penal Económico Nro. 2 resolvió: 'PRORROGAR la prisión preventiva de Jhon Jairo LONDOÑO OSORIO dispuesta en las causas CPE 588/2024/TO4 y CPE 588/2024/TO6 por el término de TRES (3) MESES a partir del día 19/9/2026' (el resaltado y las mayúsculas pertenecen al original)."
"II. Conforme lo informado mediante oficio electrónico (cfr. DEO N° 25101436), el 2 de octubre del año en curso, la referida judicatura resolvió – en lo que aquí interesa-: 'II.- CONDENAR a Jhon [Jairo] LONDOÑO OSORIO ... por resultar autor de los delitos de: a) la tenencia de sustancia estupefaciente -cocaína- con fines de comercialización, en concurso real con b) la tenencia de un arma de fuego de uso civil sin la debida autorización y c) en calidad de coautor del delito de asociación ilícita ... a cumplir las siguientes penas: a) CINCO (5) AÑOS y SEIS (6) MESES de prisión; b) MULTA de CUARENTA y CINCO (45) UNIDADES FIJAS [...]' (el resaltado y las mayúsculas pertenecen al original)."
"III. En atención a lo previamente expuesto, corresponde tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Jhon Jairo Londoño Osorio desde su vencimiento y hasta el 2 de octubre próximo pasado."
¿Cómo votaron los jueces?
no consta disidencia en el texto; la resolución aparece firmada por los tres jueces y la Parte Resolutiva final es la que manda.
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