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Cámara de Apelaciones

Legajo Nº 2 - IMPUTADO: SOLER, PABLO MÁXIMO s/LEGAJO DE CASACION

La defensa de Pablo Máximo Soler impugnó la denegatoria de un planteo de inconstitucionalidad de arts. 14 inc. 10 CP y 56 bis inc. 10 de la ley 24.660 y solicitó la libertad condicional. La Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de casación por mayoría y sin costas, entendiendo que no se acreditó la fundamentación exigida para declarar la inconstitucionalidad ni el agravio concreto requerido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FLP 008626/2023/TO01/17/2/CFC007
Casacion Libertad condicional Inconstitucionalidad Art. 14 inc. 10 cp Art. 56 bis ley 24.660 Ejecucion penal Camara federal de casacion penal Principio de progresividad Igualdad Rechazo

¿Quién es el actor?

Pablo Máximo Soler, por medio de su defensa oficial.

Demandado / actuación impugnada: Resolución del Juzgado de Ejecución (TOF/Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 1 de La Plata) que negó el pedido de inconstitucionalidad de arts. 14 inc. 10 CP y 56 bis inc. 10 Ley 24.660 y negó la incorporación de Soler al régimen de libertad condicional.

Objeto del recurso: Declaración de inconstitucionalidad de los preceptos mencionados y, en consecuencia, concesión de la libertad condicional; además, se discutió la supuesta falta de valoración individualizada de las circunstancias personales y penitenciarias.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Cámara Federal de Casación Penal RECHAZÓ el recurso de casación interpuesto por la defensa, sin costas, y ordenó su remisión a origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ciertamente, en el sub examine, la defensa -tras mencionar diversos precedentes- se limitó a invocar la inconstitucionalidad de los artículos 56 bis de la Ley n° 24.660 y 14, inciso 10, del Código Penal, sin demostrar el agravio actual y concreto que provoca, en este aspecto, la decisión del a quo. En efecto, no se acredita acabadamente la satisfacción de las exigencias legales que complementan los requisitos establecidos para la procedencia del instituto, junto a normas que, a todo evento, resultaban pertinentes para el análisis del sub lite, previo a todo balance sobre la constitucionalidad de las disposiciones en juego."

"Por ello, corresponde el rechazo del recurso; sin costas (arts. 470 y 471 a contrario sensu, 530 y ccds. del CPPN)."

¿Cómo votaron los jueces?

"En virtud de ello y en lo pertinente, me remito a las consideraciones vertidas, entre muchos otros, in re: 'Pizarro Montenegro...'; ... la denegatoria de lo pretendido tiene fundamento en la improcedencia de los institutos, conforme lo normado por la redacción actual del art. 56 bis de la ley 24.660. En tanto dicha norma se reputa constitucional, se imponía la denegatoria de dicho beneficio independientemente de las circunstancias personales y de conducta que podían surgir de los informes carcelarios."

¿Cómo votaron los jueces?

"considero que corresponde hacer lugar al recurso interpuesto por la defensa oficial –sin costas-, con fundamento en los argumentos que expuse al votar en la causa ... 'Rodríguez Altamira, Alan Mauricio s/ recurso de casación' ... a cuyos argumentos, consideraciones y citas me remito en honor a la brevedad." (voto discordante que no integró la mayoría).

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