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Cámara de Apelaciones

Recurso Queja Nº 9 - IMPUTADO: RODRIGUEZ LEON, DIEGO ARMANDO s/ENCUBRIMIENTO ART. 277 INC. 3 APARTADO B, USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296) y RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A FUNCIONARIO PUBLICO

La defensa de Diego Armando León Rodríguez impugnó la declaración de reincidencia dictada en un juicio abreviado. La Cámara Federal de Casación, por la Dra. Angela E. Ledesma, rechazó el recurso de casación y confirmó la declaración de reincidencia por entender acreditado el cumplimiento parcial de pena y ajustada la aplicación del art. 50 CP.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CFP 001658/2025/TO01/9/CFC001
Recurso de casacion Reincidencia Art. 50 cp Juicio abreviado Cumplimiento parcial de pena Ley 27.785 Camara federal de casacion Doctrina corte suprema Encubrimiento Homologacion de acuerdo

¿Quién es el actor?

La defensa pública oficial adjunta María Eugenia Di Laudo actuando en nombre de Diego Armando León Rodríguez (recurrente).

¿A quién se demanda?

Se impugna la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal Federal n.º 3 y la declaración de reincidencia solicitada por el Ministerio Público Fiscal y homologada por el juez de juicio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra la declaración de reincidencia (art. 50 CP) impuesta en la sentencia dictada en el marco de un juicio abreviado; se alegó aplicación retroactiva de la ley 27.785 o, subsidiariamente, falta de cumplimiento parcial de pena requerido por la redacción anterior del art. 50 CP.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial; por tanto, se confirmó la declaración de reincidencia y la sentencia apelada se mantiene en ese punto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tal consideración adquiere particular relevancia en el caso. Del acuerdo presentado por las partes surge que el representante del Ministerio Público Fiscal abordó expresamente la cuestión relativa a la reincidencia... El imputado, previo asesoramiento de su defensa, admitió la materialidad de los hechos y su responsabilidad, renunció a la realización del juicio oral y público y aceptó la sanción propuesta por el Ministerio Público Fiscal en todos sus términos, conformidad que posteriormente ratificó ante el tribunal."

"La interpretación del requisito de cumplimiento total o parcial de una pena privativa de libertad previsto por el art. 50 del Código Penal ha sido objeto de sucesivos pronunciamientos de la Corte Suprema... la Corte destacó ... que lo relevante a los fines del instituto radica en que el autor haya experimentado efectivamente el encierro inherente a la condena y, pese a ello, vuelva a delinquir."

"Trasladadas esas pautas al caso, la pretensión defensista no puede prosperar. Surge de su propia presentación que León Rodríguez cumplió en calidad de condenado 1 año, 9 meses y 18 días, de los cuales fueron 9 meses y 7 días antes de la comisión del nuevo hecho... Ese período de efectivo cumplimiento no puede ser asimilado a aquellos supuestos extremos de encierro insignificante... En definitiva, de todo lo expuesto se concluye que cualquiera sea la redacción del art. 50 que se considere aplicable, la solución alcanzada no se modifica..."

Finalmente, la parte resolutiva: "RECHAZAR el recurso de casación interpuesto por la defensa oficial, sin costas (arts. 456, 470 y 471 a contrario sensu, 530 y cc. del CPPN)."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia; la sentencia está firmada unipersonalmente por la Dra. Angela E. Ledesma (Sala II).

Leyes que cita

  • Ley 27.785Codigo penal y codigo procesal penal federal

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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