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Cámara de Apelaciones

Legajo Nº 1 - PRESENTANTE: BACCARINI, JUAN CARLOS s/LEGAJO DE CASACION

Recurso de casación de Baccarini contra la confirmación de decisión del a quo por la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, vinculado a condiciones de detención. La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso por falta de la fundamentación mínima exigida por el art. 463 C.P.P.N., aunque la Dra. Ledesma lo consideró admisible por plantearse cuestión federal sobre condiciones dignas de detención.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSM 046991/2026/1/CFC001
Casacion Inadmisibilidad Art. 463 c.p.p.n. Condiciones de detencion Cuestion federal Camara federal de casacion penal Confirmacion Camara federal de apelaciones de san martin Costas Di nunzio

¿Quién es el actor?

Baccarini, Juan Carlos (recurrente en casación).

¿A quién se demanda?

Decisión recurrida de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín (resolución que confirmó la decisión del a quo).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra la resolución de fecha 5 de agosto de 2026 que confirmó la decisión del juez de grado; la cuestión planteada involucra, entre otros, posibles afectaciones a las condiciones dignas de detención.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto, sin costas en la instancia, ordenando su registro, notificación y remisión digital.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La vía casatoria requiere de una fundamentación muy clara y concreta que permita mediante una argumentación razonadamente expuesta, advertir palmariamente el error de interpretación o la falta de aplicación de la ley atribuido al tribunal a quo, de qué manera ello incide en el resultado del juicio y cuál es la solución que corresponde."

"Sentado lo expuesto, corresponde concluir, tal como lo adelantara, que el escrito de interposición del recurso de casación, carece de la fundamentación mínima necesaria para demostrar su procedencia exigible según el art. 463 C.P.P.N., pues el recurrente no se hace cargo de rebatir específicamente el argumento de los jueces de la Cámara a quo, de modo de demostrar en qué consistiría el defecto de esa decisión."

(Voto en disidencia parcial de la jueza Ledesma) "considero que nos encontramos en presencia de una cuestión federal vinculada a la posible afectación de las condiciones dignas de detención (artículos 18 y 75 inciso 22 de la CN; 5.2 de la CADH, 10 inc. 1º del PIDCyP), razón por la cual, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso 'Di Nunzio' (Fallos 328:1108), el recurso deducido resulta admisible. Ello, sin perjuicio de la solución que, en el caso, pudiera corresponder."

Nota sobre la mayoría: el juez Yacobucci fundamentó la inadmisibilidad por falta de fundamentación conforme art. 463 C.P.P.N.; el juez Slokar adhirió a esa solución; la Dra. Ledesma sostuvo la admisibilidad por cuestión federal pero su criterio quedó en minoría.

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