GARCIA GREGORIO ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamaron reajustes varios contra ANSES por la actualización de la Prestación Básica Universal y otras cuestiones vinculadas a la aplicación de normas de la Ley 24.241. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios de la demandada y ordenó costas de alzada por su orden, devolviendo las actuaciones al juzgado de origen.
¿Quién es el actor?
GARCIA GREGORIO ALBERTO.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios, en particular la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y cuestiones relativas a la aplicación/posible inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 y de los arts. 9, 25 y 26 de la ley 24.241. Se fijó como fecha de adquisición del beneficio del actor el 20 de mayo de 2018.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; declaró desiertos otros agravios que no se condicen con lo decidido en la instancia de grado; impuso costas de alzada por su orden en atención a las particularidades de la causa (art. 36 Ley 27.423) y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Corresponde dejar establecido a los fines del dictado de la presente sentencia que la fecha de adquisición de beneficio del actor es el 20 de mayo de 2018, en vigencia de la Ley 24.241, con las modificaciones realizadas por la Ley 27.426 que remite a la 27.260."
"En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes."
"Incurre en reformatio in pejus el pronunciamiento que coloca a los únicos apelantes en peor situación que la resultante de la sentencia recurrida, lo que constituye una violación directa e inmediata a las garantías de defensa en juicio y de propiedad (CSJN Fallos T325 P3318)."
"Por lo expuesto, se confirma la sentencia apelada."
"En cuanto al resto de los agravios, toda vez que los mismos no se condicen con lo decidido en la instancia de grado, corresponde declararlos desiertos."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Walter F. Carnota expuso fundamentos y propuso confirmar; los Dres. Juan A. Fantini y Nora C. Dorado adhirieron al voto del Dr. Carnota. No existe disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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