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Cámara de Apelaciones

FERNANDEZ ROSA ELIZABETH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó reajustes varios contra ANSeS por cálculo del haber inicial y aplicación de índices de actualización. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmó el resto; ordenó diferir el tratamiento del precedente Villanustre, imponiendo costas de Alzada por su orden y devolviendo las actuaciones al juzgado de origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 003885/2024/CA001
Reajustes Anses Haber inicial Indice isbic / resolucion 140/95 Ley 26.417 Ley 27.541 Villanustre (csjn) Costas de alzada Ejecucion de sentencia Seguridad social

¿Quién es el actor?

Fernández Rosa Elizabeth.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por reajustes/actualización de remuneraciones para el cálculo del haber inicial y diferencias previsionales (reajustes varios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada y la confirmó en lo demás que fue materia de agravios; diferió el tratamiento del precedente de la CSJN “Villanustre”; impuso costas de alzada por su orden (art. 68, párr. 2º CPCCN) y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Atento a los agravios que giran en torno al método de actualización de las remuneraciones para la determinación del haber inicial, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Alto Tribunal de la Nación en los autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios”, Sent. Fecha 11/08/2009, Fallos: 332:1914 doctrina que fue ratificada en la sentencia “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios”, Enviado. Fecha 18/12/2018, Fallos: 341:1924 . En dichos precedentes la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó la aplicación del índice de salarios básicos de convenio de la industria y la construcción –promedio general, personal no calificado-, utilizado por la Resolución 140/95 de la Administración Nacional de la Seguridad Social, sin limitación temporal alguna."

2) "Conforme lo expuesto, las remuneraciones consideradas a las multas del cálculo del haber inicial deberán actualizarse en el marco de lo resuelto por la CSJN en autos “Elliff Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios” y “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, hasta la entrada en vigencia de la Ley 26.417, fecha a partir de la cual será aplicable el mecanismo de actualización previsto en el art. 2 de Ley 26.417 hasta la fecha de adquisición del derecho."

3) "En cuanto al planteo de inconstitucionalidad efectuado por la actora con relación a la ley 27.541 y a los decretos dictados sucesivamente, cabe mencionar que recientemente me he expedido al respecto ... En consecuencia, revoca lo dispuesto en la instancia de grado en cuanto a este punto."

4) "Al agravio vertido referente a la doctrina fijada por la CSJN en los autos: 'Villanustre, Raúl Félix s/ jubilación', Sent. Fecha 17/12/1991... difiérase su tratamiento para la etapa de ejecución de sentencia, momento en cual podrá evaluarse concretamente su aplicación al caso."

5) "En cuanto a las costas impuestas en la instancia de grado, las mismas habrán de imponerse a la demandada vencida (conf. Art. 68, párr. 1º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación ...). Ahora bien, en relación a la costas de Alzada, atento el modo en que se decide, y la ausencia de contradictorio, las mismas deberan imponerse por su orden (art. 68 2do párrafo del CPCCN)."

¿Cómo votaron los jueces?

Los tres vocales (Fantini, Carnota y Dorado) adhieren al acuerdo; las diferencias internas versaron sobre el tratamiento de la Ley 27.541 pero ello no alteró la decisión del Tribunal, que diferenció el punto relativo a "Villanustre" para ejecución.

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