VILLALBA FRANCISCO PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó el actor reajustes sobre su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicadas por ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia apelada, declaró inconstitucional el art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 cuando la quita supere el 15% y condenó a ANSES al pago de costas y honorarios conforme a la doctrina de la CSJN.
¿Quién es el actor?
Villalba Francisco Pedro.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios del haber previsional (incluyendo cálculo de la Prestación Básica Universal - PBU), declaración de inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, cuestionamiento de recomposición de haberes de enero y febrero de 2021, aplicación del impuesto a las ganancias, y costas/honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó el pronunciamiento apelado en cuanto fue materia de agravios; impuso costas de alzada a la demandada conforme a la doctrina de la CSJN (Morales Blanca Azucena) y reguló honorarios por la alzada en el 30% de lo que se fije por la labor en primera instancia más IVA; devolvió las actuaciones al juzgado de origen. Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en el supuesto que la aplicación de los topes produzca una quita superior al 15% (conf. “Rapisarda, José León”). Se consideró inaplicable la escala de deducción de la Resolución Nº 6/09 a los haberes de quien adquirió su beneficio bajo la Ley 24.241.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En tal orden, se rechaza el agravio de la ANSes."
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 ... en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
"Resulta inaplicable al haber previsional del actor la escala de deducción prevista en la resolución Nº6/09 ... toda vez que ... la parte actora adquirió su beneficio previsional al cobijo de [la Ley 24.241], el haber previsional del actor queda eximido de esta quita legal."
"Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN sentada en autos: 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS ...' se rechaza el agravio introducido y se confirma la imposición de costas a la demandada (art. 36 Ley 27.423)."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan Alberto Fantini adhirió al voto mayoritario "con excepción de lo resuelto en torno a la recomposición del haber enero y febrero 2021" y manifestó que, en relación con ese punto, revoca lo dispuesto en la instancia de grado; esa posición quedó en minoría y no integra la decisión de la Cámara.
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
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