ANGULO WALTER DAVID c/ ANSES s/PENSIONES
El actor reclamó pensión por fallecimiento alegando convivencia en aparente matrimonio con la causante. El Juzgado hizo lugar a la demanda y ordenó a ANSeS otorgar la pensión desde el 13/05/2025 dentro de 45 días por estar acreditada la convivencia.
¿Quién es el actor?
Walter David Angulo.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la Resolución Administrativa Nº RCE‑B 00707/26 (05/03/2026) que denegó la pensión por fallecimiento por no acreditar convivencia en aparente matrimonio con Valdez Zavaleta Ageda Catalina (fallecida el 12/05/2025).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se ordenó a ANSeS que otorgue el beneficio de pensión desde el 13/05/2025 en el término de 45 días; se impusieron las costas a la demandada y se diferió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En este orden, a efectos de verificar la procedencia del beneficio en trato, todas las prerrogativas, ventajas o prestaciones y también las cargas y responsabilidades que el sistema jurídico establezca a favor de las personas unidas en matrimonio son aplicables, en pie de igualdad, a las que conviven sin necesidad de formalidades. Ello así, en atención a que la norma específica las equipara. En consecuencia, el reconocimiento del derecho está sujeto a la comprobación fáctica de la situación afectiva y de cohabitación que configura la convivencia."
"Ello así, atento la prueba documental obrante en autos, y las verificaciones ambientales llevadas a cabo, entiendo que las pruebas referidas adquieren suma importancia por su contundencia y coincidencia, de acuerdo a las reglas de la sana crítica, en virtud de lo dispuesto en el art. 456 del CPCCN."
"Que así las cosas, analizadas las actuaciones administrativas acompañadas, y toda la prueba documental adjuntadas en autos, entiendo que corresponde dejar sin efecto la resolución administrativa que se impugna, porque se basa en una consideración genérica y prescinde de los medios de prueba de los que pretendió valerse... por lo que quedó ampliamente demostrada la convivencia con el causante, además de los requeridos por la norma en cuestión."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia en el pronunciamiento.
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Leyes que cita
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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