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Cámara de Apelaciones

Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: CABRAL, GABRIEL Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

Causa criminal por múltiples ilícitos (Leones Blancos, Bustamante, Basaldúa, Acosta, Santellán) contra integrantes de DDIs y civiles. El Tribunal Oral Federal condenó a varios imputados por peculado, tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, extorsión, falsedad documental y asociación ilícita, imponiendo penas que van hasta 17 años y disponiendo absoluciones donde la fiscalía retiró la acusación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL NRO. 1 DE SAN MARTIN - SECRETARIA
Fuero
FEDERAL DE SAN MARTÍN
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FSM 036447/2016/TO02
Juicio oral Narcotrafico Peculado Tenencia de estupefacientes con fines de comercializacion Extorsion Falsedad documental Asociacion ilicita Funcionarios policiales Imputado colaborador Penas (hasta 17 anos).

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (fiscal general Marcelo García Berro y auxiliares).

¿A quién se demanda?

Veintinueve imputados principales, entre ellos ADRIÁN GONZALO BAETA, MARCELO CARLOS BLANCO, HÉCTOR HUGO CORREA, JOSÉ MARÍA DELGADO, MARCELO ROBERTO DI ROSA, ADRIÁN OSVALDO DOS SANTOS, JUAN ALBERTO ELIZALDE, TAMARA SILVINA MACHUCA, JUAN JOSÉ MAGRANER, CARLOS DANIEL MAIDANA, JOHANNA BELÉN MEDINA, CRISTIAN ESTEBAN SEU, LUIS VÍCTOR TOURN, ROBERTO ADRIÁN OKURZATY, MARIO ALBERTO DE ARMAS, ALESIS JESÚS TABARES, SANTIAGO IGNACIO CABRE, GABRIEL CABRAL, JOSÉ ÁNGEL MOLINA, MATÍAS JOSÉ PEDERSOLI, FRANCISCO JOSÉ GARCÍA MAAÑÓN, JUANA ELIZABET MEDINA, entre otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se juzgaron múltiples hechos: sustracción de estupefacientes y peculado (“Leones Blancos”), extorsiones, cohechos y falsedades documentales (casos “Bustamante”, “Basaldúa”, “Acosta”, “Santellán”), asociación ilícita y delitos conexos, con agravantes por organización y por intervención de funcionarios públicos.

¿Qué se resolvió?

El tribunal dictó veredicto condenatorio en los términos detallados en los fundamentos y aplicó penas concretas a numerosos imputados —por ejemplo, 17 años de prisión a ADRIÁN G. BAETA, MARCELO R. DI ROSA y JUAN J. MAGRANER; 17 años a ROBERTO A. OKURZATY (eje San Isidro) — así como medidas accesorias e inhabilitaciones; absoluciones donde la fiscalía no sostuvo la acusación (p. ej. CLAUDIO J. BURGOS, JONATHAN G. CHAUVIN, AGUSTÍN R. MACHUCA LANNOO, AMÍLCAR E. PINO, CARLOS R. RAMÍREZ, y otras absoluciones parciales conforme al veredicto). Se dispusieron además comunicaciones administrativas y remisiones de actuaciones para investigaciones conexas. La sentencia fijó reducciones para imputados colaboradores conforme al marco legal aplicable (art. 41 ter CP / ley 27.304) pero rechazó la exención total pretendida por las defensas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Las circunstancias que se verificaron el 29 de diciembre de 2013 en el peaje del Camino del Buen Ayre y la autopista Panamericana y en la quinta emplazada en la calle Tschiffely 4101 de La Reja del partido de Moreno, constituyeron los delitos de peculado en concurso ideal con el de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización, este último doblemente agravado por haber sido cometido en forma organizada por tres o más personas y por funcionarios públicos encargados de la prevención y persecución de delitos previstos en la ley 23.737. BAETA, DELGADO, DI ROSA, ELIZALDE, MACHUCA y MAGRANER deberán responder como coautores. MAIDANA y SEU deberán hacerlo como partícipes necesarios del delito de peculado y como coautores del de tenencia de estupefacientes para su comercialización... y BLANCO y CORREA se inscriben únicamente como partícipes necesarios del delito de tenencia de estupefacientes..."

2) "La ponderación conjunta de estas circunstancias permite considerar razonables y proporcionadas las siguientes penas de prisión: diecisiete años para ADRIÁN GONZALO BAETA, MARCELO ROBERTO DI ROSA y JUAN JOSÉ MAGRANER; catorce años y seis meses para MARCELO CARLOS BLANCO y JUAN ALBERTO ELIZALDE; doce años para CRISTIAN ESTEBAN SEU; once años para HÉCTOR HUGO ALBERTO CORREA, JOSÉ MARÍA DELGADO y TAMARA SILVINA MACHUCA; nueve años para LUIS VÍCTOR TOURN; ocho años para CARLOS DANIEL MAIDANA; tres años en suspenso para ADRIÁN OSVALDO DOS SANTOS; y dos años y seis meses en suspenso para JOHANNA BELÉN MEDINA."

3) "En el eje San Isidro... Se consideran razonables y proporcionadas las penas de diecisiete años de prisión para ROBERTO ADRÍAN OKURZATY; catorce años para SANTIAGO IGNACIO CABRE; doce años para MARIO ALBERTO DE ARMAS; nueve años para JUANA ELIZABET MEDINA; ocho años y seis meses para ALESIS JESÚS TABARES; ocho años para GABRIEL CABRAL; y seis años para MARCELO EZEQUIEL GALARZA, CARLOS FABIÁN PALTANAVICIUS y JULIO ANTONIO SALVATIERRA. Se fijan, asimismo, tres años de prisión en suspenso para FRANCISCO JOSÉ GARCÍA MAAÑÓN; dos años y seis meses en suspenso para MATÍAS JOSÉ PEDERSOLI; y dos años en suspenso para JOSÉ ÁNGEL MOLINA."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta disidencia; los tres jueces votaron en idéntico sentido compartiendo los argumentos.

Leyes que cita

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