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Cámara de Apelaciones

MONTENEGRO, FRANCISCO PEDRO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

El actor demandó a ANSES solicitando el recálculo y reajuste de su haber previsional. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia de grado respecto del método de cálculo del haber inicial (ordenando actualizar remuneraciones conforme a la Ley 27.426 y concordantes) y confirmó lo demás, imponiendo costas de segunda instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 001206/2023/CA001
Reajustes por movilidad Recalculo de haber inicial Ley 27.426 Isbic / elliff Villanustre Pbu Intereses tasa pasiva bcra Costas Anses Seguridad social

¿Quién es el actor?

Francisco Pedro Montenegro.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad; pedido de recálculo del haber previsional inicial y liquidación de diferencias (aplicación de índices, actualización de PBU, retención de Ganancias, intereses, costas).

¿Qué se resolvió?

Se modificó la sentencia de fecha 27/03/2024 en cuanto al método de actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial —debiendo aplicarse el método e índices previstos en la Ley 27.426 y concordantes—; en lo demás la sentencia de primera instancia fue confirmada. Se impusieron las costas de segunda instancia en el orden causado y se reguló los honorarios de la actora en el 30% a liquidar en grado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, por tales motivos, corresponde modificar la sentencia impugnada y en consecuencia, dejar sin efecto la aplicación del índice ISBIC establecido en el fallo 'Elliff' y 'Blanco' debiendo actualizar las remuneraciones que sirven de base para el cálculo del haber inicial en base al método indicado en la ley 27.426 y concordantes, atento a la fecha de obtención del beneficio."

"En relación a la queja de la demandada por la que cuestiona la aplicación del índice I.S.B.I.C. ... corresponde señalar que se debe valorar la fecha de obtención del beneficio y las pautas establecidas en los artículos 24 inc a) y 97 de la Ley 24.241 - según corresponda-. ... En función de lo expuesto precedentemente, deviene inaplicable la doctrina del fallo 'Blanco' del Alto Tribunal ... ya que con el dictado de la ley 27.426 el Congreso reasumió la potestad de fijar los indicadores..."

"En relación a la queja relativa a la aplicación del precedente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos: 'Villanustre, Raúl Félix' ... la aplicación de esta doctrina procederá si en la etapa de ejecución se comprueba que el haber recalculado supera el salario que percibe una persona que detenta igual cargo en actividad, recayendo la carga de la prueba ... en la Administración Nacional de la Seguridad Social. ... En consecuencia, corresponde diferir para la etapa de liquidación el análisis de esta cuestión."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra voto en disidencia en la parte dispositiva; la resolución aparece firmada por la presidenta y los vocales integrantes.

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