JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ALIAGA, MONICA ISABEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Reclamo de reajustes por movilidad de haberes previsionales contra ANSES. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó en parte la sentencia de grado: confirmó la mayor parte del pronunciamiento y, en particular, declaró la constitucionalidad de las leyes N° 27.426 y N° 27.541 para la movilidad en esos períodos, ordenando además la imposición de costas en el orden causado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 025383/2023/CA001
Reajuste de haberes Movilidad previsional Ley 24.241 Ley 27.426 Ley 27.541 Isbic Villanustre Constitucionalidad Costas Anses

¿Quién es el actor?

Mónica Isabel Aliaga.

¿A quién se demanda?

A.N.S.E.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes por movilidad del haber previsional y recálculo del haber inicial.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de fecha 22/03/2024 en aspectos específicos (teniendo presente lo dispuesto respecto del recálculo del haber inicial y declarando la constitucionalidad de las leyes N° 27.426 y N° 27.541 para la movilidad en esos períodos), confirmó la sentencia en todo lo demás que fue materia de agravio y dispuso la imposición de costas en el orden causado (arts. 68 CPCCN y 36 Ley 27.423), regulando honorarios de la asistencia letrada de la actora en el 30% de lo que se estime oportunamente en la instancia de grado. No hubo disidencia en el dispositivo final.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En función de ello, se debe valorar la fecha de obtención del beneficio y las pautas establecidas en los artículos 24 inc a) y 97 de la Ley 24.241 - según corresponda- y actualizar las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.). Para el período posterior, debe estarse a lo dispuesto por la normativa aplicable según la fecha de obtención del beneficio."

"En cuanto al planteo referido a la inconstitucionalidad del artículo 24 de la ley 24.241 tratado en el precedente del Alto Tribunal de la Nación en la causa 'Barrios, Idilio Anelio c/ ANSES s/reajustes varios' (C.S.J.N. sentencia del 21/8/13), cabe señalar que conforme los términos que surgen del pronunciamiento recurrido, esta Alzada entiende que resulta adecuado lo resuelto por el Juzgador en la medida que se compruebe la aplicación de dicho precedente al caso concreto, ello en la etapa de ejecución. Por tal razón, corresponde confirmar lo decidido en primera instancia."

"Asimismo, ... atento lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos: 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', Sentencia de fecha 4 de diciembre de 2025, ... corresponde hacer lugar al recurso de apelación de la demandada y modificar la Sentencia recurrida en este punto."

"Respecto de la Ley N° 27.541, ... En función de lo expuesto, corresponde modificar la sentencia recurrida en cuanto al punto y, en consecuencia, declarar la constitucionalidad de dicha norma para la movilidad del haber previsional de la actora en ese período."

"En virtud de ello y atento al resultado aquí arribado, las costas de ambas instancias se impondrán en el orden causado (conforme arts. 36 de la ley 27.423 y 68, 2da. parte, del CPCCN), regulándose los honorarios de la asistencia letrada de la parte actora en el 30% de lo que oportunamente se estime en la instancia de grado, no haciendo lo propio a la representación jurídica de la parte demandada por ser profesional a sueldo de su mandante (conf. arts. 30 y 2, respectivamente, de la Ley N° 27.423)."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta disidencia en el bloque dispositivo final.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.541Emergencia publica

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.