Incidente Nº 3 - IMPUTADO: ROLDAN , RUBEN DARIO s/INCONSTITUCIONALIDAD
La defensa de Rubén Darío Roldán interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de esta Sala; la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró inadmisible dicho recurso por falta de agravio verosímil y de cuestión federal que habilite la intervención del tribunal superior.
¿Quién es el actor?
la defensa técnica de Rubén Darío Roldán.
¿A quién se demanda?
la Sala II de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (decisión recurrida); intervención de la fiscalía en la vista solicitando inadmisibilidad.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
recurso de inconstitucionalidad contra la resolución de fecha 17/6/2026 que hizo lugar parcialmente al recurso de casación, casó parcialmente la sentencia y dejó sin efecto su punto IV.
¿Qué se resolvió?
la Cámara declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Rubén Darío Roldán (arts. 27 y ss., ley n° 402; art. 14, ley 48).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"IV. En “Llanos Flores” [Reg. n° 564/2026 de esta cámar] adherí al voto del juez Sarrabayrouse, ocasión en la que se expuso que el tribunal superior de la causa resulta ser el Tribunal Superior de Justicia de CABA, y que esto es así desde la entrada en vigencia de la ley 27.802 y la aprobación del “Acuerdo de Transferencia de la Función Judicial en Materia Laboral del Ámbito Nacional a la Justicia del Trabajo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Se destacó, a su vez, que en este último acuerdo se introdujo una cláusula transitoria que estableció la competencia temporal del Tribunal Superior de Justicia a partir del fallo “Levinas” (Fallos: 347:2286). Por eso, la vía intentada resulta la adecuada."
"V. La defensa no supera el umbral de la genérica alegación de arbitrariedad y afectación de diversas garantías y principios constitucionales, pretendiendo someter a revisión de instancias superiores cuestiones vinculadas con la valoración probatoria y con la interpretación de normas de derecho común, asuntos ajenos a la vía procesal intentada, y que han sido abordados con fundamentos suficientes en la sentencia dictada por esta sala. En concreto, la defensa no invocó algún agravio verosímil ni señaló las razones que tornarían arbitraria la decisión; mucho menos, indicó la existencia de una cuestión federal que habilite la intervención del TSJ en calidad de tribunal superior de la causa a los efectos del recurso extraordinario federal."
"VI. Por ende, corresponde declarar inadmisible el recurso interpuesto."
¿Cómo votaron los jueces?
Los jueces Días y Sarrabayrouse votaron coincidentemente por declarar inadmisible; el juez Morin no emitió voto en aplicación del art. 23, último párrafo, CPPN (ley 27.384). No consta disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- Ley 27.384Codigo procesal penal
- Ley 48Justicia nacional
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