DINOLFO ANALIA SOLEDAD Y OTROS C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La actora promovió acción de restablecimiento o reconocimiento de derechos contra la Provincia de Buenos Aires. La Cámara hizo lugar a la aclaratoria y precisó que las partes y las fechas de interrupción de la prescripción son las que surgen del expediente Nº 63677 (expte. originario Nº 82550).
¿Quién es el actor?
Dinolfo Analía Soledad y Otros.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pretensión de restablecimiento o reconocimiento de derechos (emplazamiento público) en trámite ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 de La Plata, Expte. Nº 82550 (Cámara Expte. Nº 63677).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la aclaratoria interpuesta por la actora contra la sentencia del 10/09/2026 y se aclaró que las partes y las fechas de interrupción del curso de la prescripción que corresponden a esta causa son las que surgen del Expte. Nº 63677 (Nº 82550 del Juzgado de origen). Regístrese y notifíquese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"VISTO Y CONSIDERANDO:
1. El pedido de aclaratoria del 14/09/2026, formulado por la parte actora respecto de la sentencia del 10/09/2026.
2. Asiste razón a la accionante en cuanto a que se produjo un error material involuntario en los considerandos de la referida sentencia, en tanto se consignaron datos de una causa sustancialmente análoga.
Por lo expuesto, esta Sala II, en ejercicio de las facultades conferidas por los arts. 36, inc. 3, y 166, inc. 2, del CPCC
RESUELVE:
Hacer lugar a la aclaratoria interpuesta contra el pronunciamiento del 10/09/2026 y, en consecuencia, aclarar que las partes y las fechas de interrupción del curso de la prescripción que corresponden a esta causa, son las que efectivamente surgen de las constancias del Expte. Nº 63677 (Nº 82550 del Juzgado de origen), caratulado "Dinolfo Analía Soledad y Otros c/ Provincia de Buenos Aires s/ Pretensión Restablecimiento o Reconoc. de Derechos - Empl.".
Regístrese y notifíquese."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia fue acordada y votada en forma unánime por los Dres. Muñoz, Arias y Martínez. No existen votos en disidencia en el texto proporcionado.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.