JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

G.J.L. C/ C.A.E. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Reclamo por daños y perjuicios automovilísticos contra C.A.E. y aseguradora citada en garantía. La Cámara declaró desiertos los recursos de apelación por falta de fundación en tiempo, imponiendo costas a los apelantes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-10246-2022
Apela?cion Desierto Danos y perjuicios automotor Falta de fundacion Cpcc arts. 155/260/261 Costas Camara de apelacion de moron Consecuencia procesal Aseguradora Devolucion al juzgado de origen.

¿Quién es el actor?

G.J.L.

¿A quién se demanda?

C.A.E. y RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA (citada en garantía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios automovilísticos (acción por daños y perjuicios automotores, exc. Estado).

¿Qué se resolvió?

Se declararon desiertos los recursos de apelación interpuestos por las partes por no haberlos fundado en tiempo, con costas a los apelantes. Se difiere la regulación de honorarios profesionales para su oportunidad y se dispone la devolución del expediente al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dado que las partes. actor G.J.L.; demandado C.A.E. y citada en garantía RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA no han venido a fundar en tiempo propio los recursos de apelación que interpusieron, y que fue concedido libremente, corresponde declararlos desiertos (arts. 155, 260 y 261 del CPCC)."

"Conforme al resultado obtenido en la votación que instruye el Acuerdo que antecede, SE DECLARAN DESIERTOS los recursos de apelación interpuestos, con costas a los apelantes (art. 68 del CPCC). SE DIFIERE la regulación de honorarios profesionales para su oportunidad."

¿Cómo votaron los jueces?

Ambas juezas/jueces (Dr. Quadri y Dra. Moro) votaron en el mismo sentido declarando desiertos los recursos; por tanto la decisión es de la mayoría unánime consignada en el bloque dispositivo.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.