MIRANDA VALENTINA C/ AIR EUROPA LINEAS AEREAS S.A. Y OTRO/A S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES/COMERCIALES
La actora demandó a la aerolínea por incumplimiento de contrato de transporte aéreo y pidió devolución de pasajes y daños por haber quedado varada 78 días. La Cámara hizo lugar a la apelación de Air Europa y declaró la incompetencia del fuero provincial, ordenando la remisión a la Justicia Federal por entender que la controversia se vincula con el transporte aéreo.
¿Quién es el actor?
MIRANDA VALENTINA.
¿A quién se demanda?
AIR EUROPA LINEAS AEREAS S.A. (y otro/a según carátula).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
devolución del valor de pasajes y daños y perjuicios por supuesta incumplimiento contractual del transporte aéreo internacional (vuelo de regreso Madrid–Buenos Aires cancelado en marzo de 2020) y la situación de haber permanecido varada 78 días en el exterior.
¿Qué se resolvió?
la Cámara hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por AIR EUROPA, revocó la sentencia interlocutoria de primera instancia (que había rechazado la excepción de incompetencia) y declaró la incompetencia del fuero provincial, ordenando la remisión de las actuaciones a la Justicia Federal. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En autos, la actora refirió que adquirió un pasaje a través de la página web 'ALMUNDO.COM' para realizar un viaje desde Buenos Aires (EZE) a Madrid (MAD), ida y vuelta, de fecha 4/3/2020 y 25/3/2020. El día 4/3/20, embarcó en el vuelo n° UX42 de Air Europa, arribando a la ciudad de Madrid en tiempo y forma. Posteriormente y como es de público y notorio conocimiento y a pesar de que no haber sido oportunamente informada de la cancelación del vuelo, como consecuencia de las medidas adoptadas por la mayoría de los países a raíz de la pandemia desatada (COVID-19), AIR EUROPA suspendió el vuelo de regreso, por lo que el tramo de vuelta Madrid-Buenos Aires estipulado para el 25/3/2020 quedó cancelado. Señaló que estuvo varada 78 días en el exterior, con la imposibilidad de retornar a su hogar, sin comunicación ni información alguna por parte de la línea aérea."
"En definitiva, tal como se efectuó el planteo entiendo que el cuestionamiento se dirige directamente a la compañía aérea cuestionando el contrato de transporte, alegando la existencia de pasajeros varados, lo que importa afectación en la ejecución del transporte, la competencia Federal en la cuestión se impone."
Bloque dispositvo final:
"I.) Se hace lugar al recurso interpuesto y declarar la incompetencia de este fuero para entender en la presente causa, ordenando la remisión de las actuaciones a la Justicia Federal. Costas por su orden (art. 68 2° Parte del CPCC); II.) Se difiere la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 31 de la ley 14.967); III.) Notifíquese la presente por el sistema automatizado a los domicilios electrónicos consignados en autos (Ac. 4039 SCBA). DEVUÉLVASE."
¿Cómo votaron los jueces?
La decisión fue acordada por mayoría (votos del Dr. Rodrigo Hernán Cataldo y del Dr. Alfredo Eduardo Méndez). No se informa voto en disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.