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Cámara de Apelaciones

GARCIA TORTOSA ROMINA DELIA C/ MONACO VICTOR HERNAN S/ ATRIBUCION VIVIENDA FAMILIAR

Demanda por atribución de vivienda familiar y reconvención por cobro de cánones locativos. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que aceptó el desistimiento de la actoral y rechazó la reconvención, entendiendo que la pretensión reconvencional quedó alcanzada por la cosa juzgada en virtud de un acuerdo homologado entre las partes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LN-19264-2019
Atribucion vivienda familiar Canones locativos Cosa juzgada Acuerdo homologado Desistimiento Confirmacion de sentencia Costas Expediente 5812/2019 Reconvencion Camara de apelacion en lo civil y comercial sala ii.

¿Quién es el actor?

García Tortosa Romina Delia (actora que promovió desistimiento respecto de la atribución de la vivienda familiar).

¿A quién se demanda?

Mónaco Víctor Hernán (demandado y reconviniente que reclamó cobro de cánones locativos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Atribución de la vivienda familiar; en reconvención por parte del demandado, cobro de cánones locativos por la ocupación del inmueble.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de fecha 31/08/2023 que hizo lugar al desistimiento respecto de la atribución de la vivienda familiar y rechazó la reconvención por cobro de cánones locativos; se impusieron las costas de alzada al demandado reconviniente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De este modo, no caben dudas de que Mónaco había exteriorizado su oposición al uso gratuito del inmueble por parte de G T y de que esta tomó conocimiento del reclamo al comparecer por derecho propio en aquellas actuaciones, notificándose del traslado y contestando la demanda, conforme surge de la presentación de fecha 25 de noviembre de 2019."

"En dicho acuerdo, las partes manifestaron que quedaban compensados los reclamos económicos correspondientes a los expedientes sobre liquidación del régimen patrimonial del matrimonio (5812/2019), rendición de cuentas por canon locativo del inmueble (AL-28811/2022) y del vehículo (AL-29060/2022), extendiendo lo convenido a 'cualquier otro reclamo económico hubiere surgido entre las partes y que se relacionen con la liquidación de los bienes del matrimonio'."

"La pretensión de percibir una compensación por el uso del inmueble de Lituania 605, formulada en el expediente de liquidación -expresamente comprendido en el acuerdo-, coincide con la deducida por vía reconvencional en estas actuaciones. Ergo, la cuestión traída a revisión se halla alcanzada por los efectos extintivos propios de la cosa juzgada material (conf. art. 309 CPCC), encontrándose vedado, en consecuencia, el dictado de cualquier pronunciamiento jurisdiccional sobre el mérito de dicha pretensión."

Bloque dispositivo final (mayoría):

"confírmase el pronunciamiento recurrido. Impónense las costas de Alzada al demandado reconviniente vencido (art. 68 del C.P.C).. Regístrese. Notifíquese..."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Luis Adalberto Conti y Pablo Saúl Moreda votaron en igual sentido (máyoría unánime).

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