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Cámara de Apelaciones

AMARILLA ZALAZAR ZULMA (13) C/ GAMBATTI JESICA ROSA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La actora reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 7/10/2022. La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda, declaró deserción parcial de agravios de ambas partes, elevó la parcela “Gastos” a $150.000 e impuso costas a la apelante vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-41255-2022
Danos y perjuicios Accidente de transito Indemnizacion Desercion parcial Incapacidad sobreviniente Dano psiquico Gastos sanatoriales Limite de cobertura Poliza de seguro Costas.

¿Quién es el actor?

Zulma Amarilla Zalazar.

¿A quién se demanda?

Jésica Rosa Gambatti, con citación en garantía de Libra Compañía Argentina de Seguros S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios por accidente de tránsito ocurrido el 7/10/2022; monto condenado en primera instancia $3.896.000 con más intereses y actualización; rubros reclamados incluyen incapacidad sobreviniente, daño psíquico, tratamiento psicológico, daño físico, daño moral y gastos.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó en lo sustancial la sentencia de fecha 27/02/2026 que hizo lugar a la demanda; se declaró la deserción parcial de agravios de la actora y de la aseguradora en los extremos detallados; se elevó la parcela Gastos a $150.000; se impusieron las costas a la actora perdidosa; se diferirá la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Este Tribunal RESUELVE: 1) Confirmar la sentencia del 27/02/2026, en lo sustancial; 2) Declarar la deserción parcial del recurso de: a) la Actora respecto de la cuantificación de la Incapacidad sobreviniente/Daño psíquico y Tratamiento psicológico Asimismo respecto de la petición del otorgamiento del daño físico. (art. 260 del CPCC) y b) de la Aseguradora en lo atinente a : la estimación ,por alta, de las siguientes parcelas: Incapacidad sobreviniente y gastos. (arts. 260 y 261 del CPCC). ; 3) Elevar la parcela Gastos hasta la suma de $ 150.000; 4) Imponer las costas a la Citada perdidosa (arts. 68 y ccdtes. del CPCC); 5) Diferir la regulación de honorarios de los letrados intervinientes para su oportunidad. 5) Regístrese, notifíquese (art. 1 c.1) Res. SPL10/20 SCBA).Oportunamente, devuélvase a sus efectos."

"1) La accionada y su aseguradora solicitan la deserción del recurso deducido por la contraria. Del escrito continente de la expresión de fundamentos de la Actora puede colegirse que el cuerpo de la presentación adolece de las exigencias del art. 260 del CPCC (crítica concreta y razonada), en relación a la cuantificación, por baja, de los siguientes rubros: Incapacidad sobreviniente/Daño psíquico y Tratamiento psicológico Asimismo respecto de la petición del otorgamiento del daño físico."

"2) Del escrito de la aseguradora, advierto que el agravio no cumple con lo normado por el art. 260 del CPCC en lo relativo a la estimación, por alta, de las siguientes parcelas: Incapacidad sobreviniente y gastos."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Godino y Kunzmann votaron en idéntico sentido; se resolvió por unanimidad de los jueces presentes en Sala (el Dr. Vitale estuvo de licencia). El dispositivo final del acuerdo es la decisión de la mayoría.

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