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Cámara de Apelaciones

MONROY LUCAS NAHUEL C/ RUSO ALEN AYRTON Y OTROS S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

El actor demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito reclamando reparación integral por incapacidad, daño moral y tratamientos. La Cámara confirmó la sentencia de grado que fijó la indemnización en $54.358.501,64, rechazó por insuficiencia recursiva agravios de la aseguradora y parcialmente los de la demandada, e impuso costas a las perdedoras.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA II - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-26701-2014
Danos y perjuicios Accidente de transito Reparacion integral Incapacidad psicofisica Dano moral Desercion por insuficiencia recursiva Tasa de interes Confirmacion de sentencia Costas Pericia medica y psicologica.

¿Quién es el actor?

MONROY LUCAS NAHUEL.

¿A quién se demanda?

RUSO ALEN AYRTON; RUSO MIGUEL ANGEL; y la aseguradora citada en garantía AGROSALTA COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por accidente de tránsito (incapacidad psicofísica, daño moral, tratamientos futuros, demás rubros indemnizatorios) y su cuantificación; condena por la suma resultante de la liquidación.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó, en lo sustancial, la sentencia de primera instancia de fecha 30/10/2025 que hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados y a la aseguradora, en la medida de la cobertura, al pago de $54.358.501,64 con intereses. Además declaró la deserción total del recurso de la aseguradora (por insuficiencia recursiva) en cuanto a fórmula de cálculo de incapacidad, alta cuantificación de daño moral, desproporción de los montos y tasa de interés; y la deserción parcial del recurso de la demandada respecto de la tasa de interés. Impuso las costas a la demandada y a su aseguradora y diferió la regulación de honorarios.

Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales; se consignan los párrafos más relevantes de la sentencia, mayoritarios):

"Concluida la deliberación los señores Jueces de Cámara acuerdan:" (ver bloque dispositvo final).

Sentencia (bloque dispositivo final textual):

"AUTOS Y VISTOS: Conforme el resultado obtenido en la votación que instruye el Acuerdo que antecede, este Tribunal RESUELVE: 1) CONFIRMAR la sentencia del 30/10/2025, en lo sustancial; 2) Disponer la deserción: a) Total del recuso deducido por la aseguradora atinente a la fórmula empleada para fijar la estimación de lo que parecería ser la Incapacidad, la cuantificación, por alta del daño moral y lo desproporcionado de los montos establecidos para todos los rubros. Asimismo, la Tasa de Interés aplicada. (arts. 260 y ccdtes. del CPCC) y b) parcial del recurso deducido por la demandada en lo atinente a la tasa de interés (arts. 260 y ccdtes del CPCC).; 3) IMPONER las costas a la demandada y a su aseguradora perdidosas (arts. 68 y ccdtes. del CPCC).; 4) DIFERIR la regulación de honorarios de los letrados intervinientes para su oportunidad.; 5) REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE (art. 1 c.1) Res. SPL10/20 SCBA). Oportunamente, devuélvase a sus efectos."

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En virtud de lo normado por los arts. 375 y 384 del CPCC, por insuficiencia recursiva, no tengo más que tildar, totalmente, de falta de valor la queja esbozada por la aseguradora atinente a la fórmula empleada para fijar la estimación de lo que parecería ser la Incapacidad, la cuantificación por alta del daño moral y lo desproporcionado de los montos establecidos para todos los rubros. Asimismo, la Tasa de Interés aplicada. (arts. 260 y ccdtes. del CPCC)."

Sobre la valoración probatoria y cuantificación de rubros (extractos):

"La pericia no fue cuestionada por las partes, ni objeto de pedido de explicaciones, lo que sella su andamiento (arts. 474/475 del CPCC).... Estimo que la indagación pericial se ajusta a las prescripciones legales de los arts. 472 y 474 del Cód. Proc.... En función de todo ello, confirmo la cuantificación ($39.596.301,64) ... En consecuencia confirmo la cifra de $ 1.162.200 ... Consecuentemente confirmo la cifra de $ 600.000 ..."

Sobre daño moral (extracto):

"Sentado lo anterior , considerando las condiciones personales de la parte actora... considero atinado confirmar la estimación del presente rubro en $ 13.000.000 (art. 1737, 1738, 1739, 1740 y 1746 del CCCN y 165, 375, 384, 472 y 474 del Cód. Proc.)."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Walter Luis Kunzmann y Claudia Fabiana Godino votaron en idéntico sentido; el Dr. Carlos Alberto Vitale no participó por licencia. El dispositivo refleja la decisión de la mayoría.

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