.................... S/ RECURSO DE CASACION
Los imputados promovieron recurso de casación contra condenas por tenencia ilegal de arma de fuego y nulidad del allanamiento. La Cámara de Casación rechazó el recurso por falta de planteo previo sobre la nulidad y por aceptación del juicio abreviado, confirmando la valoración probatoria sobre la tenencia conjunta del revólver.
Quién demanda (Actor)
LÓPEZ, Karina Beatriz y SOTELO, Marcelo Alejandro (recurrentes por medio de su defensor particular).
A quién se demanda (Demandado)
Ministerio Público Fiscal/parte acusadora y Tribunal de origen (impugnación de la sentencia condenatoria).
Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Nulidad del allanamiento y de las pruebas derivadas (arma secuestrada), falta de motivación de la sentencia, error en la valoración probatoria y solicitud de absolución.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Rechazar el recurso de casación interpuesto; imponer costas; regular honorarios del defensor en 10 Jus.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que el día 14 de junio de 2024, personal policial en cumplimiento de una diligencia de allanamiento expedida por Juez competente en el marco de la presente en el domicilio sito en calle 60 nro. 1052, del Barrio Futuro de la localidad de San Pedro, lugar de residencia de Karina Beatríz Lopez y Marcelo Sotelo, procedieron a la aprehensión de los nombrados y al secuestro de un revolver calibre 22 corto, marca 'Ítalo' cargado, que era detentado por los mismos en condiciones de normal funcionamiento y sin la debida autorización legal" (textual).
"En primer lugar, advierto que el recurso resulta insuficiente para acreditar la arbitrariedad que la defensa sólo pregona sin argumentar nada al respecto, pues no puede perderse de vista que la denuncia de 'arbitrariedad' importa la de una cuestión federal que no puede presumirse, por lo que, en consecuencia, debe plantearse correctamente, lo que no ocurre en el caso."
"La aceptación lisa y llana del acuerdo de juicio abreviado, sin efectuar objeción alguna respecto a la orden de allanamiento llevada a cabo en la vivienda de los imputados como sus resultancias implicó, a mi entender, aceptación de la validez de los elementos de prueba colectados tal como fueron valorados en la sentencia. Media aquí responsabilidad por los actos propios."
"…si de la correcta estimación efectuada por el Tribunal, a partir del legal allanamiento realizado en la vivienda de López y Sotelo ubicada en Barrio Futuro, calle 60 nro. 1052, éstos poseían en su casa un revólver calibre 22 corto marca 'Ítalo', con su tambor cargado, sin autorización para ello pues ninguno de los nombrados se encontrara registrado como legítimo usuario de armas de fuego conforme las resultancias de los informes de R.E.N.A.R y la pericia balística que determina que el arma era apta para disparar, la condena ha sido fundada."
"…el revólver se incautó en dicho domicilio encontrándose la imputada presente al momento de la diligencia, y que el mismo fue hallado en un espacio común y de acceso fácil e inmediato, por lo que la tenencia conjunta de Sotelo y López del arma secuestrada, ha sido probada."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Violini votó por la negativa a la procedencia del recurso y por el rechazo del mismo con costas y regulación de honorarios; el Dr. Bouchoux adhirió en todos sus términos. Bloque dispositivo final: "I.- RECHAZAR el recurso interpuesto, con costas. II.- REGULAR los honorarios del doctor Gabriel Elías Ganón en 10 Jus."
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