LAMBRE SEBASTIAN HECTOR MARCELO C/ CAJA DE AHORRO Y SEGURO S.A. S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
Demanda por daños y perjuicios por incumplimiento contractual promovida contra Caja de Ahorro y Seguro S.A. La Cámara declaró desierto el recurso de la actora y abstracto el de la demandada, confirmando en la práctica la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por prescripción y aclarando la imposición de costas a la actora vencida.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Lambre Sebastian Hector Marcelo.
Demandado: Caja de Ahorro y Seguro S.A.
Objeto: Reclamo por daños y perjuicios por incumplimiento contractual.
Decisión: La Cámara, por mayoría, declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la actora y declaró abstracto el recurso de apelación incoado por la demandada. En consecuencia, subsiste la decisión de primera instancia (sentencia del 3/7/2025) que hizo lugar a la excepción de prescripción y rechazó la demanda; además, la jueza de grado, por aclaratoria del 10/7/2025, estableció que la imposición de costas corresponde a la actora vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual constan en el fallo):
- "Habida cuenta que dicha parte no ha expresado sus agravios no obstante lo ordenado por esta Alzada mediante providencia del 18/5/2026, notificada electrónicamente el 19/5/2026 (v. proveído de Presidencia de la Cámara del 18/5/2026, punto 1), corresponde declarar desierto dicho recurso (art. 261 del CPCC)."
- "En virtud del remedio impetrado, con fecha 10/7/2025, la jueza de grado hizo lugar a la aclaratoria y dejó establecido que la imposición de costas es a la actora que resulta vencida. Asimismo, concedió el recurso de apelación interpuesto, elevando las actuaciones a esta Alzada con fecha 13/5/2026; ordenándose por Presidencia de esta Cámara, con fecha 29/5/2026, que la accionada exprese sus agravios."
- "Habida cuenta que, conforme se expuso, con fecha 10/7/2025, la jueza de grado hizo lugar a la aclaratoria y dejó establecido que la imposición de costas es a la actora que resulta vencida, deviene abstracto expedirse respecto del recurso de apelación impetrado por la demanda por carecer de actualidad el agravio plasmado, lo que así debe declararse (arts. 163 inc. 6, CPCC ), sin costas atento el modo en el que se decide."
- Dispositivo final: "POR ELLO, y demás fundamentos del acuerdo que antecede: 1) se declara desierto el recurso de apelación interpuesto con fecha 8/7/2025 contra la sentencia de fecha 3/7/2025 (art. 261, CPCC). 2) se declara abstracto el recurso de apelación incoado por el accionado con fecha 7/7/2025 contra la sentencia de fecha 3/7/2025 (art. 163 inc. 6, CPCC; sin costas atento el modo de resolver y la ausencia de contradicción (art. 30, ley 14.967)."
- Votos: Los Dres. Rondina y Banegas votaron en igual sentido en todos los puntos; no surge disidencia.
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