.................... S/ INC. DE APELACION DE SENTENCIA
Imputada por impedimento de contacto con hijo menor agravado por la edad; se la condenó a 6 meses de prisión condicional y reglas de conducta por obstaculizar el régimen de comunicación homologado. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, valorando prueba testimonial, admitiendo las admisiones de la imputada y rechazando planteos sobre nulidad, perspectiva de género y ausencia de dolo.
¿Quién es el actor?
Sebastián Martín Álvarez; interviene el Ministerio Público Fiscal.
¿A quién se demanda?
Virginia Inés Brizuela (imputada/recurrida).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Responsabilidad penal por el delito de impedimento de contacto con hijos menores de edad agravado por la edad (Ley 24.270), por haber frustrado las oportunidades de contacto fijadas en plan de parentalidad homologado entre el 31/01/2022 y el 26/05/2022.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de la defensa y se confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia que condenó a la imputada a seis (6) meses de prisión en ejecución condicional, costas y reglas de conducta por dos años (fijar residencia y control por Patronato; tratamiento psicológico/psiquiátrico previo dictamen de pertinencia). Se regularon honorarios de la defensora en el 30% de lo regulado en I instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El reproche no descansa en una mirada genérica sobre la relación familiar, como lo sostiene la recurrente, sino en un conjunto de elementos referidos específicamente al período imputado: la existencia de un régimen homologado que fijaba días, horarios y lugar de retiro; su conocimiento por la imputada, que participó con asistencia letrada de la audiencia en que se acordó; la intimación expresa a cumplirlo del 10/02/2022 y la multa del 09/03/2022; la ausencia de todo contacto desde el 29/01/2022, reconocida por ambas partes y corroborada por Moreno; el bloqueo telefónico admitido por la imputada; las concurrencias frustradas del progenitor en los días convenidos; la negativa expresa del 26/02/2022; la admisión de la propia encausada de haber incumplido el acuerdo; y la inexistencia de orden judicial alguna que habilitara su oposición, confirmada por la Jueza de Familia el 26/05/2022. Los elementos anteriores y posteriores al período cumplen una función meramente indiciaria y de contexto, que el Sentenciante empleó adecuadamente."
"Por lo expuesto, las objeciones generales a la Ley 24.270 podrán alimentar el debate legislativo, pero no justifican desaplicarla en un caso en el que, como el presente, se han verificado todos los extremos de la figura y la respuesta punitiva resultó mínima, proporcionada y articulada con la intervención del fuero de familia."
¿Cómo votaron los jueces?
"EL TRIBUNAL RESUELVE:
I.- RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por la defensa particular, integrada por la Dra. Mabel Griselda Giménez, y CONFIRMAR en todas sus partes la sentencia dictada por el Sr. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N° 1 Departamental, Dr. Patricio Marcelo Gandulfo, que condenó a la pena de seis (6) meses de prisión de ejecución condicional y costas a VIRGINIA INÉS BRIZUELA, con más la obligación de cumplir durante el plazo de dos (2) años las siguientes reglas de conducta: 1) fijar residencia y someterse al cuidado del Patronato de Liberados de manera bimestral; y 2) realizar -previa evaluación que determine su necesidad y pertinencia- un tratamiento psicológico y psiquiátrico que aborde la problemática interpersonal y de vinculación progenitores-hijo, al considerarla autora penalmente responsable del delito de impedimento de contacto con hijos menores de edad agravado por la edad ... hecho ocurrido desde el día 31 de enero de 2022 y hasta el día 26 de mayo de 2022 en la ciudad de La Plata.
II.- REGULAR los honorarios profesionales de la doctora Mabel Griselda Giménez, por su labor en esta instancia, en el 30% de los regulados en primera instancia ..."
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