Logo

D. I. S. Y OTRO/A C/ B. A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Acción por daños y perjuicios derivados de accidente automotor que reclamó incapacidad psicofísica, tratamiento psicológico, daño moral, gastos y gastos futuros. La Cámara admitió los agravios de las actoras y elevó todos los rubros indemnizatorios, aclarando además la actualización por IPC y la adecuación del límite de cobertura al previsto por la SSN vigente al pago.

Accidente de transito Dano moral Tratamiento psicologico Danos y perjuicios Incapacidad psicofisica Cuantificacion indemnizatoria Aseguradora citada en garantia Costas de alzada Actualizacion ipc Limite de cobertura ssn

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ivana Soledad Delgado (por derecho propio) y su hija menor Zoe Jazmin Sequeira. Demandado: Alan Rafael Bois y Almafuerte Empresa de Transporte SACIEI; se llamó en garantía a Metropol Sociedad de Seguros Mutuos. Objeto: indemnización por daños y perjuicios (incapacidad psicofísica, daño psíquico/tratamiento, daño moral, gastos médicos y gastos futuros) por accidente de tránsito ocurrido el 26/05/2023; actualización monetaria y aplicación de cobertura de la aseguradora.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal
- mayoría): Se receptaron los agravios de las actoras y se modificaron las cuantías concedidas en primera instancia, elevándose los rubros en los términos siguientes: Incapacidad psicofísica $28.000.000 (Delgado) y $16.000.000 (Zoe); Tratamiento psicológico $900.000 para cada una; Daño moral $14.000.000 (Delgado) y $9.000.000 (Zoe); Gastos médicos $250.000 (Delgado) y $200.000 (Zoe); Gastos futuros $2.700.000 (Delgado) y $900.000 (Zoe). Se confirmó el criterio de actualización por IPC desde la sentencia de Cámara hasta el pago y tasa pura del 6% anual desde la fecha del hecho hasta la sentencia de Cámara y luego sobre el capital actualizado. Se impusieron las costas de Alzada a las demandadas y citada en garantía.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales del fallo, lenguaje original del tribunal): 1) Sobre la decisión dispositiva (bloque final): "RESUELVE: A) RECEPTAR los agravios incoados por las accionantes y en consecuencia: 1°) ELEVAR el rubro 'Incapacidad psicofísica' a la suma de PESOS VEINTIOCHO MILLONES ($28.000.000) a favor de la Sra. Delgado y PESOS DIECISEIS MILLONES ($16.000.000) a favor de Zoe Jazmin Sequeira. 2°) ELEVAR el rubro 'Tratamiento psicológico' a favor de las accionantes a la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL ($900.000) para cada una de ellas. 3°) ELEVAR el rubro 'Daño Moral' en la suma de PESOS CATORCE MILLONES ($14.000.000) a favor de la Sra. Delgado y a PESOS NUEVE MILLONES ($9.000.000) a favor de Zoe Jazmin Sequeira. 4°) ELEVAR el rubro 'Gastos médicos' a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000) para la Sra. Delgado y a la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000) para Zoe Jazmin Sequeira. 5°) ELEVAR el rubro 'Gastos futuros' a la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS MIL ($2.700.000) a favor de la Sra. Delgado y a la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL ($900.000) a favor de Zoe Jazmin Sequeira." 2) Sobre la metodología de cuantificación y uso de fórmulas: "Los jueces deben dar una solución razonablemente fundada. (Art. 3º Código Civil y Comercial de La Nación). Ello requiere que la cuantificación del daño tenga una base explicita y comprensible... De ningún modo puede decirse que del texto literal se imponga la obligación de resolver su cometido mediante la aplicación de una determinada fórmula polinómica, al menos con exclusividad." (voto) 3) Sobre actualización y tasa: "En consecuencia, los intereses aplicados en la sentencia apelada... deberán ser liquidados desde la fecha del hecho dañoso (26/05/2023) hasta la fecha de la sentencia de Segunda Instancia a la tasa pura del 6% anual. Y partir de allí -sentencia de Cámara-, aplicar un sistema de actualización del capital hasta el efectivo pago, conforme el índice de precios al consumidor (IPC) más una tasa de interés pura del 6% anual..." 4) Sobre límite de cobertura de la aseguradora: "Corresponde... interpretar que los límites de cobertura serán los establecidos por las Resoluciones de SSN que se encuentre en vigencia a la fecha de pago por parte de la compañía de seguros, en el caso que resultare ésta última más elevada."
- Votos: Voto mayoritario (Posca) con adhesión de Taraborrelli y Pérez Catella. El acuerdo y el bloque dispositivo son unánimes en sentido de receptar agravios y elevar las partidas.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar