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Primera Instancia

LARRORY FACUNDO DANIEL C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión por accidente in itinere para obtener prestaciones dinerarias de la Ley de Riesgos del Trabajo. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró inconstitucional el DNU 669/19, rechazó planteos de inconstitucionalidad sobre la ley 27.348 y condenó a la ART al pago de $38.893.516 por prestación dineraria actualizada con RIPTE y tasa activa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - MORON
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-4444-2024
Accion de revision Accidente in itinere Ley 24.557 (lrt) Ripte Inconstitucionalidad dnu 669/19 Intereses (tasa activa bna) Indemnizacion por incapacidad Comision medica jurisdiccional Provincia art s.a. Liquidacion $38.893.516

¿Quién es el actor?

Facundo Daniel Larrory, representado por Dr. Emiliano F. Alloro.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión por accidente in itinere del 26/02/2023; reconocimiento de incapacidad y condena al pago de prestaciones dinerarias conforme ley 24.557 y normas complementarias; impugnación de normas por inconstitucionalidad (DNU 669/19; art. 11 ley 27.348; arts. 7 y 10 ley 23.928; art. 4 ley 25.561); aplicación del índice RIPTE y tasa activa; capitalización de intereses y otros rubros.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19; rechazó los planteos de inconstitucionalidad sobre art. 11 Ley 27.348 y las normas de la convertibilidad; hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a Provincia ART a pagar a Larrory la suma de Pesos TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS DIECISEIS ($ 38.893.516) en concepto de prestaciones dinerarias (arts. 6, 14 ap.2 inc. a Ley 24.557 y normas complementarias). Imponiendo costas a la demandada y fijando interés moratorio y condiciones de pago dentro de diez días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Del bloque dispositvo final:

"el Tribunal RESUELVE:

1) DECLARAR la INCONSTITUCIONALIDAD del DNU 669/19 (art. 726 del CCC).-

2) RECHAZAR EL PLANTEO DE INCONSTITUCIONALIDAD del art. 11 de la ley 27.348; y de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4° de la ley 25.561 (art. 726 del CCC).-

3) HACER LUGAR PARCIALMENTE A LA DEMANDA y condenar a PROVINCIA. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., a pagar al damnificado FACUNDO DANIEL LARRORY, la suma de Pesos TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS DIECISEIS CTVOS. ($ 38.893.516), en concepto de prestaciones dinerarias de la LRT y normas complementarias (arts.6 ,14 inc.a, del ap. 2 de la ley 24.557; art, 17 de ley 26.773; Dec. 1694/09; Dec. 472/14 y art. 11 de la ley 27.348).-"

Sobre la prueba médico-pericial y determinación de incapacidad:

"El perito médico legista ... concluyó que LARRORY presenta incapacidad física, parcial y permanente, por presentar: 'En relación al segmento columnario cervical... ponderando una incapacidad del 5%... columna lumbar... ponderando una incapacidad del 10%... rodilla izquierda... una incapacidad del 10%... hombro izquierdo... una incapacidad del 8%... tobillo izquierdo... una incapacidad del 8%'. Adicionó además los Factores de Ponderación 15% por Dificultad para la realización de tareas habituales y 2% por la Edad del damnificado."

Sobre la metodología de cálculo y resultado numérico:

"El ingreso base actualizado y con interés asciende a la suma de Pesos 778.349,03... la fórmula a aplicarse es la siguiente IBM X 53 X 65/29 X % I = ( $ 778.349,03 x 53 x 2.24 x 42.09 %) = Pesos 38.893.515,71."

Sobre la inconstitucionalidad y rechazo de otros planteos:

"En cuanto al pedido de inconstitucionalidad articulado por la accionante en relación al DNU 669/19, señalo que desde su vigencia me expedí reiteradamente en cuanto a la inconstitucionalidad del mismo... 'La invalidez del decreto de necesidad y urgencia 669/19 es incontrastable.'... Propongo sea declarado inconstitucional (art. 726 del CCC)."

"Si bien opuso la inconstitucionalidad del art. 11 de la ley 27.348. su petición no resulta de recibo... Por ello propongo el rechazo de lo solicitado (art. 726 del CCC)."

Sobre intereses y actualización:

"A los fines de determinar el quantum indemnizatorio... habrán de adicionarse intereses calculados al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina... La referida operación matemática arroja un ingreso base actualizado y con interés..."

"En cuanto a la aplicación del Índice RIPTE... la ley 27.348... prevé la repotenciación del crédito del trabajador mediante la aplicación del RIPTE..."

Si hubo disidencia: todos los votos fueron concordantes; las Dras. Amaya y Porta "votan en idéntico sentido" que la Dra. Noale; por lo tanto la resolución emplea el acuerdo mayoritario consignado en el bloque dispositivo.

Leyes que cita

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