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Primera Instancia

BAMBINI CARLOS AGUSTIN C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El actor promovió juicio sumario para la fijación de honorarios por su actuación en la instancia administrativa ante la Comisión Médica Nº 38 de Morón. El Tribunal hizo lugar y condenó a Swiss Medical ART. S.A. a abonar 10 Ius ($532.320) más 10% de aporte legal e IVA en caso de corresponder, con intimaciones y apercibimientos para el pago y acreditación de aportes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - MORON
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
MO-20448-2024
Fijacion honorarios Comision medica Ley 14.967 Resolucion 298/2017 Ius $53.232 Swiss medical art s.a. Pago honorarios extrajudiciales Aportes previsionales Juicio sumario Moron (departamento judicial)

¿Quién es el actor?

El Dr. Carlos Agustín Bambini, por derecho propio, con patrocinio del Dr. Jorge Alejandro Sacco.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical ART. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios por la actuación profesional del actor en la etapa administrativa/Comisión Médica Nº 38 de Morón (Expte. SRT Nº 205641/22), en el marco de las actuaciones previstas por la ley 27.348 y normativa aplicable.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido de regulación y se condenó a Swiss Medical ART. S.A. a abonar 10 Ius, equivalentes a PESOS QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTE ($ 532.320.-), más el 10% de aporte legal e IVA si correspondiere; se impusieron costas; se intimó al letrado a informar CBU/alias y a acreditar aportes; se previeron apercibimientos de embargo y comunicación a la Caja de Previsión para Abogados en caso de incumplimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo a la norma contenida en el art. 37 de la Resolución 298/2017, en ningún supuesto los honorarios profesionales se fijarán o regularán en el ámbito de las Comisiones Médicas, ni del Servicio de homologación. Las labores realizadas en Comisiones Médicas constituyen tareas que constan en actuaciones administrativas, corresponde por ello determinar que su regulación deberá guardar una razonable y lógica proporción con los honorarios regulados a los profesionales letrados por la tramitación del proceso en sede judicial y adecuarse al monto del litigio. El procedimiento para su determinaciòn esta fijado por la Ley arancelaria Pcial. siendo de plena e ineludible aplicación la Ley 14.967 por el principio de especificidad de la materia."

"En razón de lo expuesto, y siguiendo las pautas establecidas en el art. 16 de la Ley arancelaria, el monto del asunto, el valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, la complejidad de la cuestión planteada, responsabilidad, resultado obtenido, trascendencia, las actuaciones esenciales establecidas por la ley para el desarrollo del proceso y las actuaciones de mero trámite, trascendencia económica y moral que para el interesado reviste la cuestión en debate, tiempo empleado; advierto que su actuación ha resultado oficiosa para el trabajador, habida cuenta que el letrado ha transitado con el actor la instancia administrativa prevista por la ley 27.348, la cual ha concluido, con una actuación oficiosa."

Bloque dispositivo (texto final):

"CONDENAR a la accionada Swiss Medical ART. S.A. a abonar al actor la siguiente regulación de honorarios por su actuación en la etapa administrativa ante la Comisión Médica Nº 38 de Morón en el marco del Expte. Administrativo Nro. 205641/22 ... en 10 'Ius', o sea la suma de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTE ($ 532.320.-; conforme RP 873/26 SCBA, valor del Ius $ 53.232.-), con más el 10% de aporte legal e IVA en caso de corresponder; debiendo intimar al letrado mencionado acreditar en el plazo de 10 días el pago de los aportes y contribuciones sobre los mismos, bajo apercibimiento de comunicación a la Caja de Previsión para Abogados de la Provincia de Buenos Aires..."

¿Cómo votaron los jueces?

La Sentencia fue acordada por mayoría unánime; los Dres. Amaya (votante proponente), Porta y Valle votaron en el mismo sentido. No se registran disidencias.

Leyes que cita

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