JurisprudenciaARG
Primera Instancia

MLODZIEJEWSKI LUANA ELIZABETH C/ OROÑO SILVIA CRISTINA y otro/a S/ DESPIDO

La actora promovió acción por despido y las partes celebraron un acuerdo conciliatorio por $4.000.000. El Tribunal homologó el acuerdo, ordenó el pago a favor de Luana Elizabeth Mlodziejewski, impuso costas a la demandada y eximió condicionalmente de la tasa de justicia por mayoría; además reguló honorarios por $400.000 para el Dr. Juan Ignacio Germain.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
74533
Despido Homologacion de acuerdo L.c.t. (ley de contrato de trabajo) Tasa de justicia (art. 30 ley 15.057) Costas a cargo de la demandada Honorarios (7 51 jus ? $400.000 dr. germain) Exencion condicionada de tasa Regulacion de honorarios Acuerdo conciliatorio $4.000.000 Tribunal del trabajo n?2 (mar del plata)

¿Quién es el actor?

Mlodziejewski Luana Elizabeth.

¿A quién se demanda?

Oroño Silvia Cristina y otro/a.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido con acuerdo conciliatorio por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000).

¿Qué se resolvió?

Se homologó el acuerdo conciliatorio por $4.000.000 a favor de la actora con costas a cargo de la demandada; por mayoría se eximió de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo (en caso contrario se liquidará sobre el monto del acuerdo); se reguló honorarios del Dr. Juan Ignacio Germain en 7,51 JUS (equivalentes a $400.000) y se difirió la regulación de honorarios del Dr. Mariano Nicolás Vázquez hasta cumplimiento de intimación de fecha 3/6/2025.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sra. Jueza Dra. Bartoli dijo: "la solución arribada importa una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057), debiendo en consecuencia, homologarse la misma (SCBA 10-9-95 "Garzon c/ El Mangrullo.." en Carpetas DT 1985-2434). Debe tenerse presente lo demás manifestado e imponerse las costas a la demandada.-

Considero que, en lo referente a la Tasa de Justicia, en virtud de la normativa impuesta por los arts. 338 y 341, no dándose los supuestos contemplados por el art. 343 del Código Fiscal t.o. y siendo facultad privativa del magistrado de grado prevista por el art. 30 - tercér párrafo- de la ley del fuero (15.057) propicio no eximir del pago de la correspondiente tasa de justicia.

Así lo voto.-

La Sra. Jueza Dra. Beldarrain dijo: "adhiero por sus fundamentos al voto que antecede, excepto en lo que se propone respecto de la tasa de justicia, ya que en virtud de lo dispuesto por el art. 30 3ro. parr. ley 15.057, considero que deberá eximirse su pago en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057).

Así lo voto.-

A LA MISMA CUESTION: La Sra. Jueza Dra. Moscuzza adhiere por sus fundamentos al voto de la Dra. Beldarrain, votando con idéntico alcance.

Por lo que el Tribunal RESUELVE:

1) Homologar en cuanto por derecho corresponde el acuerdo conciliatorio arribado ... De conformidad a lo acordado, se revalida la suma total de PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000) a favor de la parte actora LUANA ELIZABETH MLODZIEJEWSKI y a cargo de la parte demandada, pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de la demandada mencionada.-

2) Eximir - por mayoría - de la tasa de justicia en el supuesto de cumplimiento puntual del acuerdo celebrado, caso contrario, se liquidará la misma tomando como base el monto del acuerdo (art. 30 ley 15.057).-

3) A los fines de la regulación de honorarios ... regulase ... los honorarios del Dr. JUAN IGNACIO GERMAIN en la cantidad de 7,51 JUS equivalentes al día de la fecha a ($400.000)...

Diferir la regulación de honorarios del Dr. MARIANO NICOLAS VAZQUEZ hasta tanto cumpla con la intimación de fecha 3/6/2025.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.