DELGADILLO CABALLERO ALDO C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica por accidente de trabajo solicitando reconocimiento de incapacidad y prestación dineraria. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a pagar $2.044.357,22 más intereses, acreditando incapacidad total obrera del 14,69% y aplicando la tarifación prevista por la LRT y normas complementarias.
¿Quién es el actor?
Sr. Aldo Delgadillo Caballero (CUIL 20-94610751-5).
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros S.A.U. (CUIT 33-70736658-9), en calidad de aseguradora ART.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de revisión de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional (DIAPA-2023-34811-APN-SHC38#SRT, Expte. SRT Nº 326.215/23) por divergencia en la determinación de la incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 18/04/2023; se reclama reconocimiento de incapacidad y prestación dineraria conforme Ley 24.557 (texto concordado).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, condenando a Federación Patronal Seguros S.A.U. a pagar al actor la suma de PESOS DOS MILLONES CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON VEINTIDOS CENTAVOS ($2.044.357,22) dentro de 10 días, más intereses moratorios a liquidar por Secretaría; se impusieron costas a la demandada y se rechazó la plus petición.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia, considero que la afección psicofísica descripta por los peritos médico y psicóloga, se corresponde con la zona del cuerpo afectada por las dolencias sufridas por el actor, las cuales se encuentran vinculadas causalmente con el siniestro objeto de la presente acción."
"De ello que pretender que el dictamen es en alguna manera imperativo y obligatorio, importa acoger la doctrina de que los peritos se desempeñan con autoridad decisoria dentro de los procesos o, lo que es lo mismo, que las sentencias podrían ser, cuando menos, parcialmente adelantadas por quienes carecen de facultad para decidir... En consecuencia, considero que el dictamen pericial médico y psicológico se encuentran debidamente fundados en cuanto a la lesión psicofísica constatada."
Cómputo de la incapacidad: "Lesión meniscal rodilla derecha no operada = 8% / RVAN Grado II = 5% / Subtotal incapacidad psicofísica = 13% ... Factores de ponderación... Incapacidad física + factores ponderación = 13% + 1,69% = 14,69%."
Determinación del IBM y cálculo indemnizatorio: "el IBM ... asciende a la suma de PESOS CIENTO VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y DOS CON VEINTIDOS CENTAVOS ($127.962,22.-) ... (53 x $127.962,22 x 1,71) x 14,69% = $1.703.631,02.- ... A dicha monto habrá de adicionársele el porcentaje previsto por el art. 3 de la Ley 26.773 ... $1.703.631,02 x 20% = $340.726,20.- ... $1.703.631,02 + $340.726,20 = $2.044.357,22.-"
Sobre intereses: "los intereses moratorios serán liquidados por secretaría conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina desde el nacimiento de la obligación hasta la fecha de la presente (art. 768 inc. b) CCCN, 12 apartado 2° Ley 24.557 -t.o. art. 11 Ley 27.348-; fallos: 344:3636)."
Dispositivo final (transcripto parcialmente por ser el bloque que manda): "el TRIBUNAL RESUELVE: 1) HACER LUGAR a la demanda ... condenando a esta última a abonar ... $2.044.357,22 ... con más los intereses moratorios ... 3) RECHAZAR el pedido de plus petición ... 4) IMPONER las costas a la demandada ... 5) DIFERIR la regulación de honorarios ... 6) REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto de mayor extensión fue del Dr. Miguel Ángel Méndez, con adhesión de los Dres. Adrián Aníbal Ramírez y Gonzalo Barciela, por lo que la resolución pronunciada en el bloque dispositivo es la decisión de la mayoría del Tribunal.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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