LENTINI JOEL MARTIN C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGO DEL TRABAJO S.A S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Acción de revisión laboral por presunta enfermedad profesional (síndrome del túnel carpiano y otras patologías) e incapacidad psicofísica. El Tribunal rechazó la acción por no acreditarse la relación causal entre la patología y la actividad laboral, e impuso las costas a la parte actora.
¿Quién es el actor?
El Sr. JOEL MARTIN LENTINI, representado por el Dr. Horacio Rubén González.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A., aseguradora de la empleadora CEAMSE.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de revisión, en los términos del art. 2 inc. j) ley 15.057, por enfermedad profesional/accidente de trabajo denunciado el 01/08/2024 (primera manifestación) consistente en "síndrome de túnel carpiano bilateral, epicondilitis, tendinitis, tensitivitos, tendinosis, esguince de hombros", con incapacidad psicofísica reclamada en 40%, y prestaciones del art. 14 LRT y art. 3 ley 26.773; además de planteos de inconstitucionalidad de normas del sistema de riesgos del trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la acción de revisión por inexistencia de acreditación de la relación causal entre la patología y la actividad laboral; se impusieron las costas a la parte actora y se difirió regulación de honorarios hasta firmeza de la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Sin perjuicio de que el perito constatara incapacidad a nivel de muñeca derecha y psicológica, no se halla acreditada la relación causal con el trabajo (art. 375 CPCC), y en consecuencia, deviene abstracto expedirse sobre las restantes cuestiones fácticas expuestas en la demanda."
"Entrando a considerar su procedencia, no habiéndose acreditado que el actor fuera portador de incapacidad a consecuencia de la contingencia denunciada en autos, considero que la acción interpuesta debe desestimarse (art. 726 CCyCom). Las costas propicio se impongan a la parte actora vencida (art 24 ley 15.057). Propongo se difiera la regulación de honorarios hasta que quede firme la presente sentencia (ley 14.967)."
Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria):
"POR ELLO, en mérito a las consideraciones de hecho y de derecho expuestas precedentemente, el Tribunal RESUELVE: 1) Rechazar la acción laboral de revisión (art. 2 inc. J) ley 15.057) interpuesta por el Sr. JOEL MARTIN LENTINI contra PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A (art. 726 del CC y Com). 2) Imponer las costas a la parte actora (art. 24 de la ley 15.057). 3) Diferir la regulación de honorarios hasta que quede firme la presente sentencia (ley 14.967)."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Canale votó expresando los fundamentos citados; las Dras. Boxler y Chirinos adhieren y votan en igual sentido. El bloque dispositivo final es coincidente con la votación por mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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