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Primera Instancia

GARCIA IVAN NICOLAS C/ EXPERTA ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057

El actor promovió acción de revisión de resolución de Comisión Médica por accidente de trabajo solicitando reconocimiento de incapacidad psicofísica. El Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a EXPERTA ART S.A. a pagar $1.011.986,16 más intereses, rechazando el planteo de inconstitucionalidad del Baremo (Dec. 549/25) y confirmó la existencia de una incapacidad psicológica del 10% de la T.O.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - SAN MIGUEL
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
26246
Accion de revision Ley 15.057 Accidente de trabajo Incapacidad psicologica 10% t.o. Baremo dec. 549/25 Calculo ibm Indemnizacion $1.011.986 16 Intereses tasa activa bna Experta art s.a. Costas a la demandada.

¿Quién es el actor?

IVÁN NICOLÁS GARCÍA (CUIL 20-44506471-9), representado por Dr. Federico Andrés Colombo.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART S.A. (CUIT 30-68715616-8).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de revisión de resolución de Comisión Médica Jurisdiccional (expte. S.R.T. Nº 477.082/22) por accidente de trabajo del 01/09/2022 y determinación del grado de incapacidad; se reclama reparación dineraria por incapacidad psicofísica.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal hizo lugar a la demanda, condenó a EXPERTA ART S.A. a abonar al actor $1.011.986,16 dentro de diez (10) días, con más intereses moratorios cuya liquidación practicará la Secretaría; impuso las costas a la demandada y diferirió regulación de honorarios hasta la liquidación. Rechazó el planteo de inconstitucionalidad del Decreto 549/25 (Baremo).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia, considero que la afección psicológica descripta por la perito psicóloga, se corresponde con la zona del cuerpo afectada por las dolencias sufridas por el actor, las cuales se encuentran vinculadas causalmente con el siniestro objeto de la presente acción."

"Así, tomando en cuenta el Ingreso Base Mensual establecido en la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON DIECISEIS CENTAVOS ($29.234,16.-), el coeficiente conforme la edad del accionante al momento del infortunio de VEINTITRES (23) años y el porcentaje de incapacidad física sobreviniente del cual resulta portador el actor del orden del DIEZ (10) por ciento de la T.O., estimo que el cálculo según la tarifación prevista según la normativa citada y lo dispuesto por las leyes 24.557, 26.773 y 27.348, resulta ser: [53 x VMIB x coeficiente (65 años/edad)] x % incapacidad (53 x $29.234,16 x 2,82) x 10% = $4.369.337,55 x 10% = $436.933,75.-

Dejo constancia que dicho importe es INFERIOR al piso indemnizatorio fijado por el Decreto 1.694/09, la ley 26.773, el Dec. 472/2014 y Res. SRT 51/2022 ($8.433.218.-), por el cual se debe multiplicar el porcentaje de incapacidad por el mencionado piso, ($8.433.218 x 10% = $843.321,80.-), en consecuencia, he de estarme al resultado del presente piso a los fines de determinar el quantum indemnizatorio.

A dicha monto habrá de adicionársele el porcentaje previsto por el art. 3 de la Ley 26.773, y que resulta:

$843.321,80 x 20% = $168.664,36.-

Así

$843.321,80 + $168.664,36 = $1.011.986,16.-"

"De forma liminar, cabe recordar la inveterada doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que establece que la declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica constituye la última ratio del orden jurídico... El accionante se limita a formular meras discrepancias genéricas y conjeturales, sobre la base de una supuesta pérdida de porcentaje indemnizatorio, omitiendo demostrar un agravio concreto, actual y mensurable, lo cual sella la suerte adversa del planteo. ... En virtud de los fundamentos expuestos, estaré por el rechazo del planteo de inconstitucionalidad efectuado por el accionante respecto al Baremo de ley (Dec.549/25)."

Bloque dispositivo final (transcripción):

"el TRIBUNAL RESUELVE:

1) HACER LUGAR a la demanda interpuesta por el Sr. IVÁN NICOLÁS GARCÍA contra EXPERTA ART S.A., condenando a esta última a abonar al actor, dentro de los diez (10) días de notificada la presente, la suma de PESOS UN MILLÓN ONCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS CON DIECISEIS CENTAVOS ($1.011.986,16.-), ...

2) HACER SABER a la parte demandada que, ... INTÍMASE a la parte actora para que en el término de tres (3) días hábiles, acredite en el expediente la titularidad exclusiva de una cuenta abierta a su nombre ...; ...

3) IMPONER las costas a la demandada, por resultar vencida en lo principal (art. 24 Ley 15.057).

4) DIFERIR la regulación de honorarios para el momento de encontrarse firme la liquidación a practicarse por Secretaría (art. 51 Ley 14.967).

5) REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE."

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