MARTINEZ MARIA ALEJANDRA C/ PROVINCIA ART S.A. y otro/a S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora demandó por accidente de trabajo reclamando indemnización ($303.722) por secuelas en hombro derecho. El Tribunal rechazó íntegramente la demanda por considerar que la patología constatada es degenerativa e inculpable y que Provincia ART S.A. actuó sólo como administradora del autoseguro.
¿Quién es el actor?
María Alejandra Martínez, DNI 20.797.206, por intermedio de su apoderado Dr. Marcos Costantini.
¿A quién se demanda?
Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y Provincia ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción especial por accidente de trabajo del 13/08/2018, indemnización por incapacidad (reclamó $303.722 más actualización, intereses y costas), reconocimiento de incapacidad parcial permanente del 20%.
¿Qué se resolvió?
Rechazo íntegro de la demanda contra la Dirección General de Cultura y Educación; rechazo de la acción contra Provincia ART S.A. por falta de legitimación pasiva (actuó como administradora). Se impusieron costas a la actora con beneficio de gratuidad; se declararon abstractos los planteos de inconstitucionalidad; se reguló liquidación de intereses y honorarios y se practicará liquidación final.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales del fallo, lenguaje original del Tribunal):
"La patología actual constatada en hombro derecho (síndrome de fricción subacromial) es de origen inculpable, de acuerdo a los hallazgos de estudios por imágenes (RNM y ecografías) que evidencian cambios artrósicos y degenerativos, no atribuibles al siniestro denunciado. En consecuencia, no corresponde asignar incapacidad laboral derivada del accidente del 13/08/2018."
"La clínica y los estudios de imágenes evidencian patología degenerativa inculpable (síndrome de fricción subacromial), que no guarda relación etiopatogénica ni cronológica con el accidente denunciado. Por lo tanto, no corresponde atribuir las secuelas actuales a la mecánica laboral descripta en autos."
"Resultando la patología de origen inculpable y no correspondiendo asignar incapacidad laboral del accidente del 13/8/2018, se concluye la improcedencia de la acción impetrada respecto de la codemandada DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES."
"Rechazar la acción intentada por la Sra. MARÍA ALEJANDRA MARTINEZ ... contra la codemandada PROVINCIA ART S.A. toda vez que la misma sólo cumplía el rol de administradora de la empleadora autoasegurada, por las consideraciones vertidas ut supra."
¿Cómo votaron los jueces?
Voto unánime de los Dres. Cordero (voto fundante), Mereb y Escobar; el dispositivo final del Tribunal corresponde a la mayoría y se dictó conforme a dicho bloque dispositivo.
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