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Primera Instancia

SYROTIUK DIANA GISELLA C/ ZACARIAS SABRINA S/ DESPIDO

La actora promovió demanda por despido, salarios adeudados, liquidación final y multas por falta de registración. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el art. 56 de la ley 27.802, rechazó la inaplicabilidad retroactiva de normas laborales, condenó a la demandada al pago de $2.046.997 por rubros indemnizatorios más intereses y $3.720.713,30 por multas con intereses según la tasa pasiva Bapro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
58886
Despido Indemnizaciones laborales Multas por falta de registracion Ley 27.802 art. 56 (inconstitucionalidad) Ley 27.742 / dnu 70/23 (inadmisibilidad retroactiva) Intereses art. 55 ley 27.802 / tope 67% Certificado de trabajo / art. 80 lct Aplicacion ley 24.013 y ley 25.323 Tribunal del trabajo n?1 lomas de zamora Pago en diez dias / condena pecuniaria observaciones breves: se consignan montos relevantes: capital indemnizatorio $2.046.997 Intereses ipc+3% tope 67% $7.047.840 (total $9.094.837) Multas $3.720.713 30 e intereses pasiva bapro $4.557.495 76 (total sanciones $8.278.209 06). se ordena entrega de certificado de trabajo y costas a la demandada.

¿Quién es el actor?

Daiana Gisella Syrotiuk, por intermedio de su letrado Dr. Leandro Gonzalez Frea.

¿A quién se demanda?

Sabrina Zacarias, representante del local comercial "Don Florencio" (carnicería).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido con indemnizaciones (antigüedad, preaviso, sustitutiva, SAC, vacaciones proporcionales, diferencias salariales), salarios adeudados (octubre 2023), multas por falta de registración y por no entrega de certificado de trabajo, y declaración de inconstitucionalidad/aplicabilidad de determinadas normas (ley 27.742 / DNU 70/23, art. 56 ley 27.802, y otros planteos).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda por despido y liquidación final; se condenó a la demandada a abonar dentro de diez días $2.046.997 por rubros indemnizatorios y $3.720.713,30 por multas, con intereses y accesorios conforme se detalla; se declaró la inaplicabilidad de la ley 27.742 y DNU 70/23 respecto del caso; se declaró inconstitucional el art. 56 de la ley 27.802; se impusieron costas a la demandada y se ordenó entrega del certificado de trabajo bajo apercibimiento de astreintes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En función de lo expuesto y lo previsto en los arts. 52 y 55 de la LCT, y 48 de la ley ritual y no advirtiendo elementos que puedan controvertirlo o restarle veracidad, considero que deben tenerse por ciertos los datos denunciados en el escrito de demanda, en cuanto a la fecha de ingreso, egreso, categoría y remuneración (arts. 34 y 48 ley 15057)."

"Corresponde consecuentemente rechazar la aplicabilidad al caso de marras de la ley 27.742 y DNU70/23 (art. 17 CN, art. 7 del Código Civil y Comercial). Por su parte atento la falta de fundamentación alguna, corresponde el rechazo del ataque a la constitucionalidad de la ley 24013. No se advierten conductas que ameriten declarar la temeridad y malicia.-"

"Así entonces, le corresponde percibir al actor, la suma de $ 2.046.997,10 (arts. 8, 74, 76, 121, 123, 150, 153, 156, 242, 232, 233, 245, y ccdts. L.C.T ).- ... De tal manera, los intereses devengados hasta el día de la fecha conforme el tope legal del 67% del accesorio devengado por IPC con más 3% anual, se liquidan en la suma de $7.047.840. Importa en consecuencia el total de la condena por tales rubros en favor del actor a cargo de la demandada la suma total de $9.094.837 al día de la fecha (art. 55 ley 27.802)."

¿Cómo votaron los jueces?

no hubo votación dividida relevante; los Dres. Budnik y Rinaldi adhieren al voto del Dr. Saccardo y el bloque dispositivo final del Tribunal coincide con ese voto, por lo que la resolución expresada corresponde a la mayoría.

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