PEREZ MARIO ALBERTO C/ EXPERTA ART S.A. Y OTROS S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE
Reclamo laboral por enfermedad/accidente con desistimiento y conciliación parciales. El Tribunal homologó el desistimiento respecto de Loma Negra y Recycomb e homologó la conciliación con Experta Art S.A., imponiendo costas y regulando honorarios por las sumas y porcentajes indicados.
¿Quién es el actor?
PEREZ MARIO ALBERTO.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A.; LOMA NEGRA CIA INDUSTRIAL ARGENTINA S.A.; RECYCOMB S.A.U.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso laboral por enfermedad/accidente (autos caratulados "PEREZ MARIO ALBERTO C/ EXPERTA ART S.A. Y OTROS S/ ENFERMEDAD ACCIDENTE"), con acuerdo conciliatorio y desistimiento respecto de algunos codemandados.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó el desistimiento formulado por la actora respecto de LOMA NEGRA y RECYCOMB, homologó la conciliación celebrada con EXPERTA ART S.A., aplicó costas conforme lo expresado y reguló honorarios y obligaciones de acreditación de pagos y comprobantes en los términos señalados en el dispositivo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La presente cuestión es traída al acuerdo, con motivo del desistimiento formulado por la parte actora, respecto de los CODEMANDADOS LOMA NEGRA CIA INDUSTRIAL ARGENTINA SA y RECYCOMB S.A.U consignado en el acuerdo arribado con fecha 18/09/2026 y ratificado con fecha 21/09/2026 en cuyo mérito ha de entenderse que se ha dado cumplimiento a lo normado por el artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Al respecto, adelanto mi opinión en sentido favorable a proceder a la homologación sujeta a tratamiento, en atención al estado de los presentes autos, en mérito a las constancias que en ellos obran, y especialmente, en virtud de que el presente desistimiento no afecta el orden público laboral, mínimo jurídico inderogable que protege el derecho de los trabajadores, el que al no verse vulnerado me permite colegir de la forma preanunciada, más aún cuando se encuentra cumplido el requerimiento legal prescripto en al artículo 277 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Las costas que irrogue el presente, se imponen en el orden causado, tal lo acordado, si bien la actora con el beneficio de gratuidad de conformidad tal lo preceptuado por el artículo 22 de la ley procesal del fuero."
"Atento a que lo pactado libremente por la parte actora y la codemandada EXPERTA ART S.A., que informa el acuerdo arribado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable de homologarlo, en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas."
Bloque dispositivo final (resolución):
"a) Homologar el desistimiento formulado por la parte actora respecto de los codemandados LOMA NEGRA CIA INDUSTRIAL ARGENTINA SA y RECYCOMB S.A.U e imponer las costas en el orden causado, tal lo acordado, si bien al accionante con el beneficio previsto en el art. 27 de la ley 15.057, a cuyo efecto se regulan los honorarios del Dr. CACACE GERMAN IGNACIO por la representación de los codemandados desistidos LOMA NEGRA CIA INDUSTRIAL ARGENTINA SA y RECYCOMB S.A.U se fijan en 30,057 IUS, los que al día de la fecha equivalen a la suma de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS MIL ($1.600.000)...
b) Homologar la conciliación arribada por la parte actora y el codemandado EXPERTA ART S.A. en las presentes actuaciones.
c) Aplicar las costas a la demandada EXPERTA ART S.A. a cuyo efecto regúlanse los honorarios... en 11,27 IUS, los que al día de la fecha equivalen a la suma de pesos SEISCIENTOS MIL ($600.000)...
d) Intimar a la parte demandada para que en el plazo de DIEZ DIAS adjunte los correspondientes comprobantes que acrediten el pago de la suma de PESOS CIENTO TREINTA Y DOS MIL ($132.000) en concepto de Tasa Retributiva de Servicios Judiciales y la suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS ($6.600)..."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. Vigliarolo y Bordino comparten los fundamentos y votan en igual sentido que la Dra. Marasciano; el bloque dispositivo final consigna la decisión de homologación del desistimiento y de la conciliación.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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