JurisprudenciaARG
Primera Instancia

MORENO ANDREA YANINA C/ JUPITER-PINAR S.A S/ DESPIDO

La actora reclamó por despido y liquidación de rubros por $1.089.143,5 contra Jupiter-Pinar S.A. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal, impuso las costas a la actora y reguló honorarios por 7 Jus. al apoderado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - DOLORES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
45014
Caducidad de la instancia Inactividad procesal Art. 11 ley 15.057 Art. 315 cpcc Costas Regulacion de honorarios Jus Notificacion electronica Demanda por despido Expediente 45014.

¿Quién es el actor?

Andrea Yanina Moreno, con patrocinio del Dr. Cristian Federico Fernandez.

¿A quién se demanda?

Jupiter- Pinar S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido y los rubros detallados en la liquidación de la demanda por un total de $1.089.143,5.

¿Qué se resolvió?

Se decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal conforme art. 11 Ley 15.057 y art. 315 CPCC; se impusieron las costas a la actora; se regularon honorarios para el apoderado en 7 Jus. más porcentaje legal e IVA; notificación electrónica y comunicación a Receptoría General para toma de nota de finalización del juicio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el caso en exámen, el Tribunal dispuso, ante la inactividad y falta de impulso procesal del expediente, intimar a la parte en los términos del art. 11 de la ley 15.057 y bajo apercibimiento de caducidad.

Dichos recaudos fueron cumplimentados mediante la providencia de fecha 04/02/2025, notificado a la parte al domicilio constituído 20291789391@notificaciones.scba.gov.ar

Si bien la parte actora respondió al requerimiento efectuado por el Tribunal e impulsó el procedimiento, la última actuación que se registra en el expediente es la providencia de fecha 03/09/2025 y desde entonces la causa no ha tenido impulso procesal alguno, dejando transcurrir nuevamente el plazo de seis meses sin activar el trámite del proceso.

En tal estado, y conforme a lo dispuesto por el art. 315 del CPCC, corresponde declarar la caducidad de la instancia, sin necesidad de reiterar el emplazamiento (SCBA el 4-05-2016, in re: L. 118.247 SCBA 'Olivieri, Alejandro Alfredo contra Don Yeyo SA s/ Accidente de trabajo. Acción especial').

En consecuencia, encontrándose vencido el plazo dispuesto en el art. 11 de la ley 15.057 y de acuerdo a lo establecido en el art. 315 del Código Procesal Civil y Comercial, no existiendo un deber específico del Tribunal en este estado, corresponde decretar la caducidad de instancia e imponer las costas a la parte actora (arts. 11, 24, 27 y 89 de la ley 15.057; arts. 68, 310 y 311 del C.P.C.C.; Res. 3694/2012 SCBA)."

Regulación de honorarios (texto relevante):

"Estimo los honorarios del doctor Cristian Federico Fernandez letrado apoderado de la actora, en la suma de 7 Jus. Con más el porcentaje legal e IVA si correspondiere (arts. 9, 15, 16, 21, 23, 24, 28, 43, 54 y conc. ley 14.967, art. 12 inciso a) ley 10.268/85)."

¿Cómo votaron los jueces?

Los tres jueces (Quezada, Laborde y Hernández) votaron en igual sentido; el acuerdo y el bloque dispositivo final disponen la caducidad y las demás providencias citadas.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.