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Primera Instancia

MELO DANTE ROBERTO C/ GRUPO ECA y otros S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra Grupo ECA S.A., Coto CICSA y Synergia Consultores SRL y las partes celebraron una transacción para poner fin al juicio. El Tribunal homologó la transacción en los términos pactados, impuso la forma de pago mediante cuenta bancaria denunciada por la actora y atribuyó las costas a COTO CICSA, con regularización de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - DOLORES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
42658
Transaccion Homologacion Despido Cuentas bancarias Costas Honorarios Perito Tribunal del trabajo Coto cicsa Grupo eca s.a.

¿Quién es el actor?

MELO DANTE ROBERTO.

¿A quién se demanda?

GRUPO ECA S.A.; COTO CICSA; SYNERGIA CONSULTORES SRL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo laboral por despido; las partes celebraron una transacción para poner fin al juicio (escritos del 8/9/26 y 23/9/26).

¿Qué se resolvió?

Homologar la transacción celebrada por las partes en los escritos del 8/9/26 y 23/9/26; imponer las costas a COTO CICSA (con excepciones respecto de honorarios de GRUPO ECA S.A. y SYNERGIA); ordenar la denuncia de cuenta bancaria de titularidad exclusiva de la actora para la efectivización de los pagos de capital y regular/establecer los honorarios y forma de pago de letrados y peritos (entre ellos $500.000 para perito contador Oteiza Ignacio Alfredo). Se intimó a la demandada al pago de tasas y se dispusieron medidas para evitar retenciones en los depósitos consignando concepto "HABERES" y "PAGO POR ORDEN JUDICIAL".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contraria leyes de orden público (arts. 12 y 15 ley 20744, 308 del CPCC.) y 'se ha alcanzado en la misma una justa composición de los derechos e intereses de las partes' (SCJBA., LP L 87983 S 26/12/2012, Carátula: 'Olivera, Carlos Alberto c/ Transportes Automotores La Plata S.A. s/ Despido')."

"Asimismo y teniendo en cuenta que la homologación es la confirmación que da el Juez a ciertos actos y convenciones para hacerlas así más 'firmes', 'ejecutivas', 'solemnes' (Escriche: Diccionario Enciclópedico Salvat t. VII) entiendo que corresponde homologar la transacción celebrada por las partes y por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta los ESCRITOS DEL 8/9/26 Y 23/9/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."

Bloque dispositivo final (extracto):

"el Tribunal RESUELVE:

1). Homologar la transacción celebrada por las partes por medio de la cual dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documentan los ESCRITOS DEL 8/9/26 Y 23/9/26 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas.

2). A los fines de efectivizarse los pagos pactados en concepto de capital, deberá la parte actora denunciar una cuenta bancaria de su exclusiva titularidad donde se efectuarán los pagos que correspondan a los importes reconocidos en autos. (art 277 inc a) según ley 27.802)

...

3). Imponer las costas a la parte demandada COTO CICSA, con excepción de los honorarios de las demandadas GRUPO ECA S.A. Y SYNERGIA CONSULTORES SRL que serán por su orden (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25,89 ley 15057).

4). Regular los honorarios ... y JOSE LUIS PELLI ... en la cantidad de 12,39 Jus ... Y los del perito contador OTEIZA IGNACIO ALFREDO en la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000 ). ..."

¿Cómo votaron los jueces?

Todos los miembros del Tribunal (Drs. Laborde, Quezada y Hernández) votaron en igual sentido adhiriendo a los fundamentos expuestos por el Dr. Laborde. Conforme la Regla de Mayoría, la decisión se expresa en el bloque dispositivo final del acuerdo.

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