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Primera Instancia

BIONDI MATIAS GABRIEL C/ FRACHOU DIEGO RICARDO Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido e indemnizaciones por supuesto vínculo laboral no registrado con la Granja Santa Rita. El Tribunal rechazó la demanda por inexistencia acreditada del vínculo jurídico laboral y falta de causa, imponiendo además las costas por su orden y regulando honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO - MERCEDES
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
45144
Despido Vinculo laboral Falta de causa Carga de la prueba Rebeldia Prueba insuficiente Art. 726 ccycn Costas por su orden Honorarios Granja santa rita.

¿Quién es el actor?

Matías Gabriel Biondi, por medio de su apoderada Dra. Carina Yamila Quiroga.

¿A quién se demanda?

Silvina Nancy Berg y Diego Ricardo Frachou.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido (despido indirecto), indemnizaciones y rubros derivados de la relación laboral que el actor alega haber mantenido como peón rural en la Granja Santa Rita desde el 01/03/2017 hasta el 16/10/2018, sin registración, con jornada 06:00 a 21:00 y remuneración en efectivo de $4.000 semanales.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó en su totalidad la demanda por no acreditarse el vínculo jurídico laboral entre las partes y por falta de causa (art. 726 CCyCN). Se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios (7 jus para cada profesional).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La situación de rebeldía en que se encontraban los accionados que se tradujo en la incontestación al escrito inaugural no lo liberaba a Biondi de probar los hechos conducentes que justifiquen su pretensión, en concreto, la existencia misma del vínculo laboral. Ello así porque la presunción que se deriva de la declaración de rebeldía es insuficiente por sí sola para tener por acreditados los hechos transcriptos en la demanda.

La falta de contestación de la demanda no exime a la parte actora de la carga de aportar al juicio los elementos de convicción que justifiquen la legitimidad de sus pretensiones... Concluyo que corría la parte actora con la carga de la prueba que establece el art. 375 CPCC, aplicable por disposición del art. 89 ley 15.057, y, por lo tanto, probar acabadamente que Biondi se desempeñó laboralmente en relación de dependencia de los demandados, sin que lo hiciera."

"Las únicas pruebas asertivas producidas en la causa fueron inidóneas para probar que Biondi trabajó en la Granja Santa Rita... el informe del correo del 06/09/2022 indicó que, salvo una de ellas devuelta por 'dirección insuficiente', las demás regresaron al remitente por plazo vencido no reclamado luego que el domicilio se encontrara 'cerrado con aviso'... la dirección a la que se enviaron no corresponde al correcto distrito Marcos Paz... por lo que no está acreditado que llegaron efectivamente a la esfera de conocimiento de los accionados en su momento..."

"En conclusión, ante la orfandad probatoria no se pudo acreditar que Matías Gabriel Biondi se desempeñó en relación de dependencia de Silvina Nancy Berg y Diego Ricardo Frachou. Por consiguiente, la demanda será rechazada en su totalidad por inexistencia del vínculo jurídico laboral y falta de causa (art. 726 CCyCN)... En atención a las particularidades de la causa y la rebeldía en que se encontraban los accionados, propongo que las costas sean impuestas por su orden, conforme lo dispuesto en el segundo párrafo del art. 24 ley 15.057."

¿Cómo votaron los jueces?

Los tres jueces (Toyos, López y Aparisi) votaron en igual sentido; el dispositivo final confirma la decisión por mayoría/unanimidad tal como aparece en el bloque resolutivo.

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