LACIAR LUCAS EZEQUIEL C/ LOMBARDI MARCELO LUIS S/ EJECUCION DE HONORARIOS
El actor promovió ejecución de honorarios contra su ex cliente por 20,30 JUS (equivalente a $940.397,50 al libramiento del mandamiento). El Tribunal ordenó la ejecución hasta tanto el demandado haga íntegro pago, impuso costas a la parte ejecutada y reguló honorarios en 7 JUS con intereses y recargos aplicables.
¿Quién es el actor?
Laciar Lucas Ezequiel.
¿A quién se demanda?
Lombardi Marcelo Luis.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de honorarios por la suma de 20,30 JUS (al libramiento del mandamiento equivalente a $940.397,50), derivados de la regulación de honorarios en autos "Medina Hector Eduardo C/ Lombardi Marcelo Luis S/ Despido" Expte. N° 43544.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución solicitada; se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado haga íntegro pago al ejecutante, se impusieron las costas a la parte ejecutada, se constituyó domicilio legal en los estrados del Tribunal y se regularon honorarios en 7 JUS con los recargos correspondientes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que se presenta Laciar Lucas Ezequiel iniciando demanda de ejecución de honorarios contra Lombardi Marcelo Luis por la suma de 20,30 JUS que, al momento del libramiento del mandamiento de intimación de pago, importaba la suma de Pesos Novecientos Cuarenta Mil Trescientos Noventa Y Siete Con Cincuenta Centavos ($ 940.397,50) ello en virtud de la regulación de sus curiales en los autos caratulados: 'Medina Hector Eduardo C/ Lombardi Marcelo Luis S/ Despido' Expte. N° 43544 , autos que se encuentran vinculados digitalmente a los presentes actuados."
"La demandada no se presentó ni opuso excepciones, razón por la cual el ejecutante solicita se dicte sentencia de trance y remate, ello conforme lo normado por el art. 506 del Codigo Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires."
Bloque dispositivo final:
"I.- Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada MARCELO LUIS LOMBARDI , D.N.I.° 21.647.847 con domicilio en calle Alfonsina Storni nro. 42 de la ciudad de Los Toldos provincia de Buenos Aires, en haga íntegro pago al ejecutante, Dr. Lucas Ezequiel Laciar la suma de 20,30 monto que será cuantificado al momento del efectivo pago, ello con más un interés del 12% anual (art. 54 ultimo párrafo A de la Ley N° 14.967). II.- Imponiendo las costas a la parte ejecutada (art. 24 Ley N° 15.057)."
Además, se consignó la regulación de honorarios:
"IV.- Regular los honorarios de Dr. Lucas Laciar, en la cantidad de cantidad de 7 JUS arancelarios, ello con más el 10% en concepto de aportes previsionales y 21% de IVA en caso de corresponder (Art. ley ... Ley N° 14.967 y art. 12 Ley N° 6.716)."
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