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Primera Instancia

PEREYRA WALTER JAVIER C/ EXPERTA ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El actor solicitó regulación de honorarios por su intervención como letrado en expediente administrativo de divergencia en el alta (SRT N° 173234/26). El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló honorarios por 10 JUS para el patrocinio ante la Comisión Médica y 7 JUS por la actuación en autos, imponiendo costas a la demandada y precisando el valor del JUS en $53.232.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO - JUNIN
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
46402
Regulacion de honorarios Honorarios extrajudiciales Comision medica n?14 Ley 27.348 Ley 14.967 Jus arancelarios (10 jus 7 jus) Experta art s.a. Costas a la demandada Valor jus $53.232 Intimacion para cuenta bancaria notas adicionales (datos relevantes): accidente de trabajo 18/02/2026 Dictamen de la comision medica 21/04/2026 Referencia normativa citada: arts. 1 ley 27.348 Arts. 15 16 y 44 ley 14.967 Art. 37 res. srt 298/2017 Aportes e iva a adicionarse conforme se indica.

¿Quién es el actor?

Dr. Walter Javier Pereyra, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

EXPERTA ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la actuación del Dr. Pereyra como letrado patrocinante de la Sra. Yesica Noemí Brito en el expediente administrativo SRT N° 173234/26 (divergencia en el alta) tramitado ante la Comisión Médica N° 14 de Junín.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda. Se determinaron los honorarios por la actuación ante la Comisión Médica en 10 (diez) JUS arancelarios a cargo de la ART demandada; se regularon además honorarios por la actuación en estas actuaciones en derecho propio y del apoderado de la demandada en 7 (siete) JUS cada uno. Se impusieron las costas a la demandada. Se intimó a la actora para acreditar cuenta para depósito y se indicó procedimiento de pago y anexión de aportes e IVA. Valor del JUS informado: $53.232.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tal sentido, dicho procedimiento previsto en los arts. 21 y 22 de la LRT 24.557 y arts. 1 a 3 de la Ley N° 27.348 hace referencia a las denominadas comisiones médicas jurisdiccionales creadas por el artículo 51 de la ley 24.241 y sus modificatorias, encargadas entre otras actividades, de declarar 'la naturaleza laboral del accidente o profesional de la enfermedad' (inc.1º a. art. 21), como así también 'revisar el tipo, carácter y grado de la incapacidad, y (...) resolver cualquier discrepancia que pudiera surgir entre la ART y el damnificado' (inc.2 art. 21) y el art. 22 expresa que hasta la declaración del carácter definitivo de la incapacidad y a solicitud del obligado al pago de las prestaciones o del damnificado, las comisiones médicas realizaran exámenes para revisar el grado y carácter de la incapacidad reconocida."

"Así, toda vez que el mencionado proceso administrativo no resultó susceptible de apreciación pecuniaria, deben regularse los honorarios del letrado mencionado en el mínimo establecido por el artículo 44 de la Ley arancelaria en aplicación, es decir 10 (diez) JUS."

"De los Honorarios de los Letrados: La actividad profesional desarrollada por los abogados que patrocinen al trabajador ... devengará honorarios a cargo de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo ... únicamente en el caso de que el damnificado concurra al proceso con su letrado patrocinante particular; ... En ningún supuesto los honorarios profesionales precedentemente aludidos se fijarán o regularán en el ámbito de las Comisiones Médicas ni del Servicio de Homologación".

Bloque dispositivo final (texto íntegro relevante):

"I.- Hacer lugar a la demanda deducida, determinando los honorarios profesionales del Dr. Walter Javier Pereyra ... en la cantidad de diez (10) JUS arancelarios ... más I.V.A. en caso de corresponder, los cuales son cargo de la demandada parte a la que también se le imponen las costas del presente proceso (art. 24 Ley 15.057).

II.- Regular los honorarios del Dr. Walter Javier Pereyra ... en la suma equivalente a siete (7) JUS arancelarios ... y los del Dr. Agustín Alejo Acerbo ... en la cantidad de siete (7) JUS arancelarios ...

Se deja constancia que el valor del JUS arancelario de la Ley 14.967 vigente a la fecha, es de $53.232 (conforme Resolución RP 873/26 SCBA).

III.- INTÍMASE a la parte actora ... en el término de dos (2) días, acredite ... la titularidad exclusiva de una cuenta ... Hasta que ello ocurra, SUSPÉNDESE el plazo de cumplimiento de la presente sentencia."

¿Cómo votaron los jueces?

Los tres jueces (Dr. Ortega; Dra. Rodriguez Traversa; Dr. Bertolotti) adhirieron con idéntico alcance; no se registra disidencia. El bloque dispositivo final es el que resolvió.

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