BIANCO ERNESTO FABIAN C/ SWISS MEDICAL ART S.A. S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
El actor promovió acción de revisión del dictamen de la Comisión Médica jurisdiccional reclamando prestaciones dinerarias por incapacidad parcial, permanente y definitiva derivada del siniestro del 8/12/2021. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucionales normas regulatorias (entre ellas Decreto 669/19 y disposición de la SRT) y condenó a la aseguradora al pago del capital de $3.473.869,68 más intereses y actualizaciones conforme a la pauta mayoritaria, conformando un saldo final por $21.132.505,39 a depositar en 10 días.
¿Quién es el actor?
Ernesto Fabián Bianco, representado por Dr. Nicolás Julián Font.
¿A quién se demanda?
Swiss Medical ART S.A, representada por Dra. María Diana Maceira.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
revisión judicial del dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional (SRT 203.321/22) que había negado incapacidad, y cobro de prestaciones dinerarias por incapacidad parcial, permanente y definitiva (ILPPD) derivada del episodio ocurrido el 8/12/2021; se articulan además planteos de inconstitucionalidad de normas del régimen de riesgos del trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la acción de revisión y al cobro de prestaciones dinerarias; se condenó a Swiss Medical ART S.A al pago del capital de $3.473.869,68 y, conforme a la mayoría, se aplicaron intereses y capitalizaciones según la alícuota equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco Nación, determinándose un importe final por capital e intereses de $21.132.505,39. Se decretaron inconstitucionalidades sobre normas regulatorias y se impusieron las costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"HACER LUGAR a la acción promovida por Ernesto Fabián Bianco (DNI 38.436.730), en cuanto persiguiera la revisión del dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional (SRT 203.321/22) y el cobro de prestaciones dinerarias, por incapacidad parcial, permanente y definitiva (ILPPD), derivada de la contingencia ocurrida el 8 de diciembre de 2021, y en su consecuencia condenar a Swiss Medical ART S.A (CUIT: 33-68626286-9) a abonar la suma insoluta por prestaciones dinerarias -capital- de pesos tres millones cuatrocientos setenta y tres mil ochocientos sesenta y nueve con sesenta y ocho centavos ($ 3.473.869,68) (arts. 6; 8; 12; 14 inc. a, y cctes. ley 24.557 y ss; art. 3° ley 26.773 y arts. 15 y 39.3 Constitución provincial)."
"DECRETAR la inconstitucionalidad de la ley 14.399, en cuanto modificó la norma del 48 de la ley 11.653 (SCBA L. 108.164; S del 13.11.2013, causa 'Abraham'); del art. 43 Res. 298/17 SRT, por afectar los arts.75 inc. 22 y 17 CN y el Convenio 95 OIT; del art. 1° del Decreto 334/96 por afectar los arts. 16; 17; 18 y 19 de la Constitución nacional y los arts. 15 y 39 de la Constitución provincial; y del Decreto 669/2019 (SCBA L 129.800; S del 14.07.2025, causa 'MUZYCHUK')."
"CARGAR intereses -según mayoría de opiniones- de acuerdo a lo normado por el sistema de riesgos del trabajo, según la alícuota equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina (conf. art. 12 ap. 2 de la ley 24.557, mod. por ley 27.348)."
Además, el Tribunal expone los fundamentos técnicos de valoración de la incapacidad: el perito médico concluyó limitación funcional cervical con 6% física; la perito en psicología diagnosticó Trastorno Mixto Ansioso-Depresivo grado II con 20% (se compatibilizó con 10% RVAN grado II en la valoración definitiva), y el Tribunal conformó la incapacidad definitiva en 18,94% aplicando factores de ponderación (actividad alta, edad <31, etc.), determinando la liquidación conforme al art.14.2.a Ley 24.557 y el incremento del art.3 Ley 26.773. Sobre actualización e intereses el voto mayoritario adoptó la pauta de la tasa activa BNA (promedio cartera general nominal anual a 30 días) y la capitalización hasta la traba de litis y sentencia, con actualización RIPTE para determinados rubros, conformando un monto final por capital e intereses de $21.132.505,39.
¿Cómo votaron los jueces?
Los tres jueces adhieren en las cuestiones fácticas y en el pronunciamiento final; hubo diferencias sobre el mecanismo de actualización/intereses: el voto del Dr. PATERNICO propuso actualización por RIPTE y 6% puro para ciertos segmentos, mientras que la mayoría concluyó aplicar intereses según la alícuota activa BNA (art.12 ap.2 Ley 24.557 mod. por Ley 27.348); la decisión final adoptó la solución de mayoría expuesta en la parte resolutiva.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
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