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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BONARRIGO EVELYN NAZARENA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para cobrar una deuda tributaria por $664.576,70 más intereses. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y condenó en costas a la vencida, con intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (15/05/26).

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
82656
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Intereses art. 104 codigo fiscal Importe $664.576 70 Perdida del derecho por inaccion (arts. 116 155 cpcc) Costas a la vencida Domicilio constituido en estrados Ley 13.406 Regulacion de honorarios diferida

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Bonarrigo, Evelyn Nazarena.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución/apremio provincial por el capital reclamado de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS CON SETENTA CENTAVOS ($ 664.576,70) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (15/05/26) y hasta su pago.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro de $664.576,70 más intereses; se impusieron las costas a la vencida; se difirió regulación de honorarios; se constituyó domicilio procesal en los estrados del Juzgado por encontrarse debidamente anoticiado del apercibimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido la demandada BONARRIGO, EVELYN NAZARENA intimada de pago en el domicilio de Mendoza Nº 4884 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada BONARRIGO, EVELYN NAZARENA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS SETENTA Y SEIS CON SETENTA CENTAVOS ($ 664.576,70). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 15/05/26- y hasta su efectivo pago."

"2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)."

"3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 19/05/25, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

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