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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LOIACONO FRANCISCA ALICIA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Francisca Alica Loiacono por deuda tributaria. El Tribunal ordenó ejecutar hasta el pago de $1.424.503,40 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal y condenó en costas a la vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
82654
Apremio provincial Ejecucion Deuda fiscal Intereses art. 104 codigo fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Costas a la vencida Domicilio constituido Ley 13.406 Cpcc $1.424.503 40

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

LOIACONO, FRANCISCA ALICIA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución apremio provincial por capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS TRES CON CUARENTA CENTAVOS ($ 1.424.503,40) más intereses desde la interposición de la demanda (15/05/26) hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del monto reclamado, aplicar intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde el 15/05/26 y se impusieron las costas a la vencida, con regulación de honorarios diferida. Además se tuvo por constituido el domicilio procesal en los estrados del Juzgado por haber sido debidamente anoticiado el demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido la demandada LOIACONO, FRANCISCA ALICIA intimada de pago en el domicilio de Martín Rodriguez Nº 1151 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (ver mandamiento digital adjunto) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

"1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada LOIACONO, FRANCISCA ALICA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires del capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS TRES CON CUARENTA CENTAVOS ($ 1.424.503,40). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -día 15/05/26- y hasta su efectivo pago."

"2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 22 ley 13406 y arts 1,2,9, 10 y concs ley 14967 y modificatorias)."

"3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 26/05/25, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénense por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifíquese."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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