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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ BELAUSTEGUI ANA INES S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal mediante apremio por deuda tributaria por $986.577,50 más intereses. El Tribunal ordenó continuar la ejecución y el remate hasta el íntegro pago, difiriendo la regulación de honorarios y teniendo por constituido el domicilio de la ejecutada en los estrados del Juzgado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - MAR DEL PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-35727
Ejecucion fiscal Apremio provincial Trance y remate Titulo ejecutivo 1516017 Intereses codigo fiscal Domicilio constituido Intimacion de pago Costas y gastos Difiere honorarios Mar del plata

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Ana Inés Belaustegui (DNI N° 16.730.129).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución forzosa por título ejecutivo N° 1516017 por la suma de PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 986.577,50) más intereses previstos por el Código Fiscal, hasta la fecha de pago, gastos y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la ejecución; se manda llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado, intereses, gastos y costas; se difiere la regulación de honorarios; se constituye domicilio en los estrados y se notifica a la parte demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)."

"Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada BELAUSTEGUI, ANA INES (DNI N° 16.730.129) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 986.577,50), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1516017-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)."

"Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967. Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC). Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la Avenida COLON N° 2275, Piso:3° Depto.:E de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92)."

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