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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GINEZ CRISTIAN DAVID S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal por apremio provincial para cobro de impuesto provincial. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución y trance y remate hasta que el demandado abone la suma de $48.839,20 más intereses según el artículo 104 del Código Fiscal, y constituyó domicilio judicial por haber sido debidamente notificado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
66478
Ejecucion fiscal Apremio provincial Trance y remate Fisco de la provincia de buenos aires Domicilio ad litem Intereses art. 104 codigo fiscal $48.839 20 Costas a la vencida Notificacion Perdida del derecho a excepciones.

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Cristian David Ginez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal para el cobro de capital reclamado por $48.839,20 más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal; medidas de apremio, trance y remate.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución. Se mandó llevar adelante la ejecución con trance y remate hasta que el demandado efectúe el pago íntegro del monto reclamado. Se aplicarán intereses desde la interposición de la demanda conforme al artículo 104 del Código Fiscal. Se tuvieron por constituidos el domicilio ad litem por encontrarse debidamente anoticiado del apercibimiento. Las costas se imponen a la vencida. Se difirió la regulación de honorarios para su oportunidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 7, 10, 25 y concs. de la ley 13.406; 116 y 155 del CPCC)."

"Se deja constancia asimismo que la parte ejecutada en el presente proceso de apremio fue intimada de pago en el domicilio oportunamente denunciado, según consta en el respectivo mandamiento de intimación de pago y embargo agregado en autos."

¿Qué se resolvió?

"Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte demandada, CRISTIAN DAVID GINEZ; haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado en PESOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 20/100 , ($ 48.839,20). A dicho monto se le aplicarán los intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según resolución M.E. nº 39/2.011) desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. Hallándose la parte demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la primera providencia dictada en autos, conforme emerge de los términos del mandamiento ut supra mencionado, corresponde tener por constituído en los estrados del Juzgado, el domicilio ad litem correspondiente a la misma. Las costas se imponen a la vencida (arts. 7, 10, 24, 25 y concs. de la ley 13.406; 41, 68, 556, ss. y concs. del C.P.C.C.). Difiérase la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 34, 51 y concs. de ley 14.967)."

"Agréguese y téngase presente el mandamiento de intimación de pago y embargo acompañado. Regístrese y notifíquese."

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