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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CLAC SE HIJOS PERGAMINO S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal contra CLAC SE HIJOS PERGAMINO S.A. por deuda tributaria por $1.873.995,00 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó el trance y remate hasta obtener el pago íntegro del capital reclamado con intereses y costas, y constituyó domicilio legal en los estrados por inactividad de la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 PERGAMINO
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
11763
Ejecucion fiscal Trance y remate Deuda tributaria Constitucion de domicilio Intereses Costas Codigo fiscal arts. 104 y 168 Ley 13.406 $1.873.995 00 Regulacion de honorarios diferida.

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

CLAC SE HIJOS PERGAMINO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal de títulos ejecutivos por capital reclamado de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 1.873.995,00), más intereses desde la interposición de la demanda hasta el efectivo pago, conforme arts. 104 y 168 del Código Fiscal T.O. 2011.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución, ordenando el trance y remate hasta tanto la ejecutada pague íntegramente el capital reclamado ($1.873.995,00) con sus intereses; costas a cargo de la demandada; diferimiento de la regulación de honorarios hasta la existencia de liquidación firme; y constitución del domicilio de la demandada en los estrados por no haber cumplido con requisitos formales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte demandada que fue notificada, bajo responsabilidad del fisco actor, en su domicilio fiscal (art. 32 Código Fiscal T.O 2.011), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el actuario en este acto.- En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 C.P.C.C.)."

"Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta de los títulos ejecutivos obrantes en la causa, y lo dispuesto por los arts. 104 y 168 del Código Fiscal T. O. 2.011.-"

¿Qué se resolvió?

"1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada CLAC SE HIJOS PERGAMINO S.A. haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 1.873.995,00) en concepto de capital reclamado, con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal,- Con costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).-"

"2º) Difiérese la regulación de honorarios del Letrado interviniente hasta tanto obre en autos liquidación firme.-(arts. 51 Ley 14.967 y 22 Ley 13.406).-"

"3º) No habiendo la parte demandada, dado cumplimiento a lo dispuesto por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituído el domicilio en los estrados del juzgado.- (art. 133 C.P.C.C.).-"

No se consignan votos disidentes; el dispositivo final del Tribunal es el que antecede y define la decisión.

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