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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FORMICA MARIÑO JOSE SEBASTIAN S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió juicio de apremio reclamando pago de impuesto sobre los ingresos brutos por título de deuda $1.543.730 correspondiente a los períodos 6 y 8 de 2025. El Tribunal hizo lugar a la ejecución fiscal, con constitución de domicilio en los estrados y suspensión de sus efectos mientras subsista el plan de regularización al que se acogió el demandado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
18464
Apremio provincial Ejecucion fiscal Ingresos brutos Titulo de deuda $1.543.730 Mandamiento de intimacion Domicilio constituido en estrados Plan de regularizacion Suspension de efectos Costas Homologacion de honorarios

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires, por su apoderada fiscal Dra. Lilian R. Almandoz.

¿A quién se demanda?

José Sebastián Formica Mariño.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago del impuesto sobre los ingresos brutos; título de deuda $1.543.730 por los períodos 6 y 8 de 2025.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda de ejecución fiscal hasta tanto el demandado haga íntegro pago del monto reclamado (con intereses a liquidar), se suspenden los efectos de la ejecución mientras no se denuncie la caducidad o incumplimiento del plan de regularización al que se acogió el demandado; se imponen las costas a la demandada; y se difiere la homologación de honorarios hasta acreditación de la forma de cancelación de la deuda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El 8.9.26 el fisco de la provincia de Buenos Aires, a través de su apoderada fiscal, Dra. Lilian R. Almandoz, promovió juicio de apremio contra José Sebastián Formica Mariño y reclamó el pago del impuesto por ingresos brutos por los siguientes conceptos: título de deuda 1.543.730 por los períodos 6 y 8 de 2025.-

Se diligenció el mandamiento de intimación de pago contra el demandado el 14.9.26 --ver mandamiento diligenciado acompañado junto al escrito electrónico del 16.9.26--.-

Habiéndose citado a José Sebastián Formica Mariño en calle Sarmiento nro. 295 de la localidad de General Villegas y no habiendo comparecido ni opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dese por perdido el derecho que ha dejado de usar para defenderse y por constituido el domicilio en los estrados del juzgado (arts. 7, 10, 13 y 24 ley 13.406; y arts. 41 y cc del CPCC).-

Asimismo, la denuncia del Fisco de la provincia de Bs. As. mediante la presentación electrónica del 23.9.26 referente al acogimiento del demandado a un régimen de regularización, implica un reconocimiento de la pretensión del actor.-

En consecuencia, corresponde hacer lugar a la demanda instaurada, con costas.-

En virtud de lo expuesto, RESUELVO

1) Hacer lugar a la demanda de ejecución fiscal, hasta tanto José Sebastián Formica Mariño haga íntegro pago del monto reclamado, con más los intereses que por derecho pudiere corresponder que serán objeto de ponderación en la liquidación que oportunamente se presente.-

2) Suspéndase los efectos de lo dispuesto en el punto 1 de la parte resolutiva, hasta tanto se denuncie la caducidad y/o incumplimiento del plan de regularización al que se acogió la parte demandada (arts. 106, 107 CF; y 1641 y ss CCyC).-

3) Imponer las costas a la demandada (arts. 51 CCA; y 537, 556 y cc CPCC).-

4) Difiérase la homologación de honorarios al momento en que se acredite la forma de cancelación de la deuda (cfme., arts. 107 CF y 22, ley 13.406).-

Regístrese. Notifíquese."

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