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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FLORES ANA LAURA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Ana Laura Flores por el pago de una deuda exigida. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro de $4.546.177,50 más intereses, imponiendo las costas a la ejecutada y difiriendo la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - TRENQUE LAUQUEN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
18376
Apremio provincial Ejecucion Fisco de la provincia de buenos aires Deuda $4.546.177 50 Notificacion legal Perdida de defensa Costas a la parte vencida Diferimiento de honorarios Ley 13.406 Cpcc (arts. 540 y 549)

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Ana Laura Flores.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución/apremio provincial para el cobro de la suma reclamada de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y SIETE CON 50/100 ($4.546.177,50), más los intereses que correspondan.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó continuar la ejecución hasta tanto la ejecutada haga el pago íntegro del monto reclamado, se impusieron las costas a la parte ejecutada vencida y se difirió la regulación de honorarios. Notifíquese en la forma prevista por el artículo 13 ley 13.406.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: se citó a ANA LAURA FLORES en Bolivar - Nro. 282 de la ciudad de Daireaux -ver documentación adjunta a la presentación electrónica del 21.9.26- y no compareció ni opuso excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, dese por perdido el derecho que ha dejado de usar para defenderse y por constituido el domicilio en los estrados del juzgado (arts. 7, 10, 13 y 24, ley 13.406; arts. 41 y demás del CPCC).-

Por lo expuesto, en mérito a las constancias de autos y a lo establecido en los artículos 7, 10, 11, 13, 24 y 25 de la ley 13.406 y 540 y 549 del CPCC, RESUELVO:

1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto ANA LAURA FLORES haga íntegro pago del monto reclamado, que asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y SIETE CON 50/100 ($4.546.177,50), con más los intereses que por derecho pudiere corresponder que serán objeto de ponderación en la liquidación que oportunamente se presente.-

2) Imponer las costas a la parte ejecutada vencida (art. 51 CCA; arts. 537, 556 y cc CPCC).-

3) Diferir la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 22 ley 13.406, y 51, ley 14.967).-"

(Se consignan literalmente los párrafos que contienen los fundamentos y la parte resolutiva final del auto.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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