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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CLUB DE CAMPO LA FEDERALA SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra CLUB DE CAMPO LA FEDERALA SA por deuda fiscal de $466.099,70. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, aplicando intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal y condenó en costas a la vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
93461
Apremio provincial Ejecucion Deuda fiscal Intereses art. 104 codigo fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Club de campo la federala sa Costas a la vencida Domicilio constituido Notificacion electronica Sentencia de remate

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

CLUB DE CAMPO LA FEDERALA SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución/apremio provincial por capital reclamado de Pesos CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y NUEVE CON 70/100 ($466.099,70) más intereses desde la interposición de la demanda (11/07/2025).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución solicitada; se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado abone íntegramente el capital reclamado más intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal; costas a la vencida; domicilio constituido en estrados por apercibimiento y notificación electrónica ordenada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado CLUB DE CAMPO LA FEDERALA SA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de Pesos CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y NUEVE CON 70/100 ($466.099,70). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -11/07/2025 - y hasta su efectivo pago.-

2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias).-

3) Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 17/07/2025, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 20202442022@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR.-"

Además, el cuerpo de la sentencia señala: "Habiendo sido el demandado CLUB DE CAMPO LA FEDERALA SA intimado de pago en el domicilio de calle Av Callao 420 Piso:9° Depto.:C Ciudad Autonoma De Buenos Aires - 1022 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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