JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ESTATHIO MIGUEL CONSTANTINO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Estathio Miguel Constantino por deuda fiscal. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta lograr el pago íntegro de $233.604,30 más intereses desde la interposición de la demanda (18/3/2022) y condenó en costas al vencido.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
70936
Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Deuda: $233.604 30 Intereses art. 104 codigo fiscal Costas al vencido Domicilio constituido Perdida de derecho procesal Juzgado de primera instancia Notificacion electronica

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Estathio Miguel Constantino.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por capital reclamado por deuda fiscal por Pesos 233.604,30 y accesorias; ejecución forzada (apremio provincial).

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución contra el demandado hasta tanto haga íntegro pago del capital reclamado de $233.604,30 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (18/3/2022) y hasta su efectivo pago. Se imponen las costas al vencido y se difiere la regulación de honorarios. Se tiene por constituido el domicilio procesal en los estrados del Juzgado por encontrarse anoticiado del apercibimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado ESTATHIO MIGUEL CONSTANTINO haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de Pesos DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CUATRO CON 30/100 ($233.604,30). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/11) desde la interposición de la demanda, -18/3/2022 - y hasta su efectivo pago."

"Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (art. 51 y concs. del Decreto-Ley 8.904/77 y modificatorias)."

"Hallándose el demandado debidamente anoticiado del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 21/3/2022, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituído su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese. Notifiquese electrónicamente por secretaría al domicilio 20205812475@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR."

(Del considerando que motiva la condena por pérdida del derecho: )

"Habiendo sido el demandado ESTATHIO MIGUEL CONSTANTINO intimado de pago en el domicilio de calle FLORIDA 520 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES... no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)."

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.