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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PAZ ESTHER DANIELA Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial solicitó la homologación judicial de un acuerdo de pago celebrado con la demandada. El Tribunal tuvo por reconocida la firma, homologó el acuerdo conforme art. 23 de la Ley 13.406, aprobó los honorarios pactados por $714.948,40 y dispuso el levantamiento del embargo bajo responsabilidad del apoderado fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - AZUL
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
25306
Acuerdo de pago Homologacion judicial Art. 23 ley 13.406 Fisco provincial Levantamiento de embargo Honorarios $714.948 40 Firma reconocida Procedimiento de apremio provincial Notificacion Apoderado fiscal

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

PAZ ESTHER DANIELA y otro/a.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de homologación judicial de un acuerdo de pago conforme al art. 23 de la Ley 13.406 y levantamiento de medida cautelar (embargo).

¿Qué se resolvió?

Se reconoció la firma en el acuerdo, se homologó el acuerdo de pago conforme art. 23 Ley 13.406, se dejaron presentes y se tuvieron por válidos los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco por $714.948,40, se ordenó el levantamiento del embargo bajo exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal y se ordenó registrar y notificar a las partes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Agréguese la presentación en despacho, mediante la cual el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicita la judicial homologación del acuerdo oportunamente presentado:"

"RESUELVO:

I.- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.-

II.- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.-

III.- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, YURNO ALEJANDRO, en la suma de HONORARIOS PESOS SETECIENTOS CATORCE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 40/100 ($714.948,40) . Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.-

IV.- Bajo la exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, levántese la medida cautelar trabada -Embargo- en los presentes obrados. Líbrese el oficio por Secretaria en el modo de estilo.-

V.- REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.-"

(Se consignan las citas textuales completas del bloque resolutorio final del expediente.)

Fechas y datos relevantes:

Lugar y fecha en carátula: Azul, de SEPTIEMBRE de 2026.

Monto honorarios homologados: $714.948,40.

Norma invocada para homologación: art. 23 de la Ley 13.406.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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