JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AGROTECNOS S.A. Y OTROS S/ APREMIO PROVINCIAL

Homologación judicial de acuerdo de pago en expediente de apremio provincial. El Tribunal tuvo por reconocida la firma del acuerdo y homologó el plan de pagos conforme artículo 23 de la Ley 13.406, disponiendo además el reconocimiento de honorarios por $2.059.126,39 a favor del letrado representante del Fisco.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - AZUL
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
29164
Apremio provincial Homologacion de acuerdo Articulo 23 ley 13.406 Reconocimiento de firma Honorarios Fisco provincia de buenos aires Agrotecnos s.a. $2.059.126 39 Registro y notificacion Expediente de primera instancia.

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Agrotecnos S.A. y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de homologación judicial de un acuerdo de pago presentado en el expediente de apremio provincial (art. 23 Ley 13.406).

¿Qué se resolvió?

Se reconoció la firma inserta en el acuerdo de pago, se homologó dicho acuerdo con los alcances del art. 23 de la Ley 13.406 y se tuvieron por presentes los honorarios pactados al letrado del Fisco por $2.059.126,39. Se ordenó registrar y notificar a las partes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Agréguese la presentación en despacho, mediante la cual el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicita la judicial homologación del acuerdo oportunamente presentado:"

"RESUELVO:

I.- Tener por reconocida la firma inserta en acuerdo de pago oportunamente allegado.-

II.- Homologar el mencionado acuerdo de pago, con los alcances previstos en el art. 23 de la Ley 13.406.-

III.- Tener presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco Provincial, CALLEJO ALFREDO VICTORINO, en la suma de PESOS DOS MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTISEIS CON 39/100 ($2.059.126,39). Ello conforme lo prescripto en los artículos 22 de la Ley 13.406, modif. por Ley 15.016 -art.2- y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de Ley 6.716.-"

"REGISTRESE, NOTIFÍQUESE A LAS PARTES, conforme lo dispuesto en el art. 10 del Anexo Único de la Ac. 4039 S.C.B.A.-"

(No se consignan votos en disidencia ni otros fundamentos en el texto aportado.)

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.